OPINIÓN

El derecho a la pensión alimentaria de los abuelos

Muchos adultos mayores tienen familia que pueden retribuir lo recibido porque la mayor parte de ellos trabajaron y se esforzaron para educar y mantener, olvidando que los hijos también están obligados a dar alimentos a sus padres | VIOLETA SOSA ZAMORA

Las personas adultas mayores tienen derecho a solicitar una pensión alimentaria
Adultos mayores.Las personas adultas mayores tienen derecho a solicitar una pensión alimentariaCréditos: Pexels (ilustrativa)
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La Ley de la Familia en Hidalgo, define como alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica; referente a los adultos mayores que carezcan de capacidad económica, todo lo necesario para su atención geriátrica, procurándose que los alimentos se cubran integrándolos a la familia, como una obligación que deriva del lazo de sangre hacia los hijos, nietos, hermanos y otros.

Con frecuencia escuchamos de juicios en donde los hijos reclaman una pensión alimenticia a los padres, pero no es común que éstos la pidan a sus descendientes porque al ser personas que culminaron su vida productiva, producto de una discapacidad para trabajar o valerse por sí mismos o por el simple hecho de sentirse integrados en un núcleo familiar, reciben alguna pensión o habitan con las familias de sus hijos, sobrinos, hermanos, etcétera.

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Trabajo sin prestación

Sin embargo, no todas las personas adultas mayores tienen esa fortuna y observamos que continúan trabajando sin prestación alguna como es el caso de las tiendas de autoservicio en donde no los contratan directamente para evitar contraer obligaciones laborales con ellos denominándolos “empacadores voluntarios”, pero resultan indispensables para su funcionamiento y también se desempeñan en otros aspectos informales del comercio, por no haber tenido un sistema de seguridad social que les otorgue una pensión en su vejez; por lo que, se desconocen sus derechos y se atenta contra su dignidad humana.

Lo cuestionable, es que muchos adultos mayores tienen familia que pueden retribuir lo recibido porque la mayor parte de ellos trabajaron y se esforzaron para educar y mantener, olvidando que los hijos también están obligados a dar alimentos a sus padres, cuando se demuestre la necesidad de estos últimos, la capacidad de quien debe otorgarlos; pero también, que el progenitor los proporcionó cuando los necesitó el hijo.

Derechos de los adultos mayores

De no recibirlos y tener derecho, se puede demandar su otorgamiento ante un Juez Familiar, pero falta mucho para proteger sus derechos laborales y ampliar la seguridad social de modo que los alcance, fomentar sistemas de ahorro, pero como sociedad y familia, buscar siempre la forma de devolver un poco de quienes dieron tanto por nosotros.

Violeta Sosa Zamora, columnista LSR Hidalgo.