Pachuca.— María Félix N, exdirectora de Desarrollo Social del municipio de San Salvador, fue hallada culpable por un Tribunal de Enjuiciamiento por el delito de peculado, y sentenciada a cinco años y cuatro meses de prisión.
En días recientes, el Tribunal de Enjuiciamiento dictó la resolución en el caso identificado como J/O 161/2025. La audiencia de debate concluyó con un fallo condenatorio para la imputada, María Félix N.
El delito imputado fue Peculado Agravado en contra de la administración pública. El Tribunal de Enjuiciamiento estuvo conformado por Juana Amador Hernández, Benjamín Omar Leal Noguez y Miriam Verónica Alcocer Espinoza.
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Tras el desahogo de pruebas, entre las que destacan testimonios, documentos y peritajes, el Tribunal resolvió imponer una pena de prisión de cinco años y cuatro meses, así como una multa de 266 unidades de medida de actualización, equivalente a 25 mil 544 pesos.
Además, el Tribunal ordenó una reparación del daño por la cantidad de un millón 297 mil 590 pesos, cantidad que duplica el monto del que ella fue señalada.
Contexto del caso: María Félix N fue aprehendida por la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción el 4 de febrero de 2024.
Previamente, ocupó el cargo de directora de Desarrollo Social en el municipio de San Salvador.
La imputación
La Procuraduría General de Justicia de Hidalgo le imputó el desvío de 648 mil 795 pesos de las arcas municipales, presuntamente ocurrido entre 2020 y 2022, periodo en el que fue funcionaria del ayuntamiento.
Indicó que estos fondos formaban parte del programa social "Impulsando el desarrollo de San Salvador".
Otra acusación
Adicionalmente, la exdirectora fue señalada de presunto fraude por parte de habitantes de San Salvador, quienes alegaron haber entregado cantidades de mil o dos mil pesos para la adquisición de calentadores solares.
El delito de peculado
El artículo 308 del Código Penal establece que comete el delito de peculado el servidor público que para sí o para otro, se apropie, utilicé o distraiga de su objeto, dinero, valore o cualquier otro bien perteneciente a los Poderes del Estado, Dependencias o Entidades de la Administración Pública del Estado o de los Municipios o a un particular, si por razón de su cargo, los hubiere recibido en administración, en depósito o por cualesquiera otra causa, se le aplicará la siguiente punibilidad:
- Prisión de uno a cinco años y multa de 20 a 300 días, cuando el valor de lo apropiado, utilizado o distraído de su objeto ilícitamente, sea de hasta mil veces el salario mínimo;
- Prisión de tres a ocho años y multa de 30 a 400 días, cuando el valor de lo apropiado, utilizado o distraído de su objeto ilícitamente, sea de mil a cinco mil veces el salario mínimo o
- Prisión de cinco a doce años y multa de 30 a 500 días, cuando el valor de lo apropiado, utilizado o distraído de su objeto ilícitamente, exceda de cinco mil veces el salario mínimo.
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