Tepeji del Río.- Esta semana se registró un accidente vial en la autopista Arco Norte, donde una unidad de carga perdió el control y se volcó en los límites entre el Estado de México e Hidalgo. La mercancía del tráiler fue perdida porque los pobladores de la región acudieron a robarla en los minutos en que estuvo siniestrada la unidad.
Las autoridades dieron a conocer que el pasado jueves se reportó la volcadura de un tráiler en la autopista federal, lo que provocó una fuerte movilización policiaca y de auxilio en la zona.
El incidente fue reportado en los límites entre Hidalgo y el Estado de México, específicamente en San Lorenzo, Jilotepec.
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Al lugar de los hechos no solamente acudieron elementos de seguridad sino también habitantes de la zona con bolsas y costales, esto con el objetivo de juntar la mercancía de la unidad de carga.
Mientras que la unidad estaba siniestrada y el conductor estaba en revisión, la población aprovechó para llevarse las cosas regadas en el suelo, sin embargo, no se conformaron con ello, ya que incluso ingresaron a la caja del tráiler para tomar más objetos.
El camionero no resultó con heridas de consideración, pero perdió su carga a causa de la rapiña, un delito integrado al código penal en Hidalgo.
La circulación hacia México–Querétaro permaneció completamente cerrada, lo que generó largas filas de vehículos en el tramo afectado; pero minutos más tarde, cuando la grúa terminó su trabajo, reabrieron la zona.
¿La rapiña es un delito?
El Código Penal de Hidalgo no contiene la acción rapiña como tal, pero integra el término dentro del Título Séptimo Delitos Contra El Patrimonio, Capitulo I Robo, en el artículo 206, el cual determina la duplicación de la sanciones en caso de robar “aprovechando la consternación que una desgracia privada cause al ofendido o a un familiar; o a las condiciones de confusión que se produzcan por catástrofe o desorden público”.
Asimismo, en el artículo 203 se leen las sanciones dependiendo al valor de lo robado:
En caso de sustraer objetos con valor menor a 50 Unidad de Medida y Actualización (UMA) -el cual equivale a 113.14 pesos diarios este 2025-, la sanción será de seis meses a dos años de prisión y una multa de 50 a 100 UMA.
50 a 500 UMA: prisión de dos a cuatro años y multa de 100 a 150 UMA.
500 a mil UMA: cárcel de cuatro a seis años y multa de 150 a 200 UMA.
Más de mil UMA: cárcel de seis a 10 años y multa de 200 a 300 UMA.
Valor inestimable: uno a cinco años de prisión y multa de 50 a 200 UMA.
Cabe mencionar que el hecho de aprovechar la confusión de la persona afectada es un agravante en este delito, por lo que la sanciones serían al doble.
Importancia
Es importante que las personas conozcan las sanciones y la tipificación de los delitos para saber qué sanciones pueden obtener en caso de incurrir en la rapiña, la cual afecta a los trabajadores del transporte de carga y a las empresas.
emh
