Pachuca.— Ahora, el matrimonio de infancias ya está prohibido desde la Constitución, así lo aprobaron los diputados y diputadas locales integrantes de la LXVI Legislatura. Si bien, diversas leyes, entre ellas el Código Penal prohíbe la unión con personas menores de edad, en la Constitución no se encontraba regulado.
Los diputados aprobaron una reforma al segundo párrafo del artículo 5 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo que tiene por objeto principal la protección de la familia y el libre desarrollo de niñas, niños y adolescentes, prohibiendo de manera explícita cualquier tipo de unión que involucre a personas menores de edad.
La iniciativa, registrada con el número 420/LXVI, fue presentada el 9 de julio de 2025 por las diputadas Lizbeth Irais Ordaz Islas, Hilda Miranda Miranda, Yarabi González Martínez y los diputados Andrés Velázquez Vázquez, Juan Pablo Escalante Urbán, Miguel Ángel Moreno Zamora, Arturo Gómez Canales, José María Alejandro Pérez Ramírez, Jorge Argüelles Salazar y Aldo Meza Hernández.
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Los promoventes señalaron que el matrimonio infantil es una "práctica cultural o tradicional perjudicial", que vulnera gravemente los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, comprometiendo su desarrollo integral, salud, educación y autonomía. A pesar de que en Hidalgo se reconoce esta práctica como una violación a los derechos humanos, aún no se ha erradicado.
El dictamen subraya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la acción de inconstitucionalidad 22/2016, avaló la prohibición total del matrimonio infantil, declarando constitucional que las entidades federativas deroguen cualquier posibilidad de que menores de edad celebren matrimonios bajo dispensas. Esto se justifica en que el matrimonio a temprana edad afecta el sano desarrollo de los menores y los coloca en una situación de riesgo.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio y obliga a las autoridades a adoptar medidas integrales contra prácticas nocivas de unión formal o informal que involucren a menores.
Una vez aprobado, la minuta será enviada a los ayuntamientos a efecto de que por lo menos 43 cabildos aprueben la iniciativa que reforma la Constitución para que aplique en todo el estado.
Prácticas nocivas
El pleno del Congreso del Estado de Hidalgo aprobó reformar el artículo 44 y adiciona una fracción XVII Bis 2 al artículo 4 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Hidalgo, en el que se prohíben las prácticas nocivas y el matrimonio infantil.
La iniciativa, presentada el 15 de julio de 2025 por un grupo de diputadas y diputados de la Sexagésima Sexta Legislatura, busca incorporar el concepto de "prácticas nocivas" a la legislación estatal y fortalecer la protección de los derechos humanos de la niñez y adolescencia al eliminar tajantemente la posibilidad de uniones formales o de hecho con personas menores de edad.
Entre los argumentos expuestos en la iniciativa, se destacó que el matrimonio infantil es una práctica que conlleva graves consecuencias como la violencia de género, el abandono escolar, los embarazos precoces, la dependencia económica y la falta de autonomía personal.
De acuerdo con cifras de la Organización Internacional del Trabajo que estiman 22 millones de víctimas de matrimonios forzados en 2021, de las cuales el 40 por ciento eran menores de 18 años, y un 87 por ciento niñas. En México, se registraron al menos 153 mil matrimonios infantiles entre 2010 y 2021, y en Hidalgo, el Censo de Población y Vivienda de 2020 reportó 332 adolescentes de 12 a 14 años casadas y 28 menores con antecedentes de uniones conyugales.
Además, en la reforma se enfatiza la prohibición explícita de los matrimonios infantiles o forzosos, así como cualquier práctica que implique la cesión de menores con fines de unión, ya sea formal, informal o consuetudinaria.
El proyecto de decreto aprobado establece que la edad mínima para contraer matrimonio será de 18 años sin excepción alguna.
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