JUSTICIA

Síndico de Actopan y diputada de Morena piden audiencia privada; temen desprestigio de su imagen

La legisladora y su hijo, quien desempeña el cargo de síndico hacendario en Actopan, son acusados del delito de despojo en agravio de una institución de educación

Los servidores públicos están acusados del delito de despojo.Créditos: Ilustrativa / LSR Hidalgo
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.- “Por su carácter de servidor público”, el defensor de Adelfa N, diputada local y de su hijo, Alejandro Chapey N, síndico hacendario del municipio de Actopan, solicitó que la audiencia de Tutela de Derechos en los juzgados penales de Control, Juicio Oral y Ejecución de Pachuca por el presunto delito de despojo se llevará a cabo de manera privada, hecho al que accedió el juez de Control, Jesús Anim Ope Islas.

Este jueves 1 de febrero de 2024, estaba programada una audiencia denominada de Tutela de Derechos solicitada por los asesores jurídicos de la víctima, que en este caso es una institución educativa, debido a que desde hace varios meses el agente del Ministerio Público no ha realizado ningún acto de investigación. En punto de las 14:30 horas comenzó la audiencia, pero el defensor promovió una incidencia para que la misma fuera declarada privada, el argumento fue que ambos acusados tienen estatus de servidores públicos, tanto la diputada como del síndico hacendario.

Acto seguido, el Ministerio Público no manifestó ninguna oposición y el juez de control le solicitó al defensor que aclarara el “punto toral” sobre por qué estaba solicitando la audiencia a puerta cerrada a lo que el defensor particular mencionó que era con el objetivo de proteger la privacidad de sus defendidos, puesto que tienen el carácter de ser servidores públicos y recordó que Adelfa es diputada local y Alejandro Chapey, es síndico hacendario en el municipio de Actopan, aunado a que los hechos que se les imputan no tienen relación con su carácter de servidores públicos, sino devienen de un asunto particular.

Por su parte, el asesor jurídico de la víctima señaló que las audiencias deben ser públicas para que la sociedad conozca el comportamiento de las partes y agregó que el hecho de ser servidores públicos no era un elemento o argumento para decretar la privacidad, además comentó que la publicidad no debe ser una molestia, sino una garantía de que el proceso penal se lleva a cabo de manera adecuada.

Al darles el uso de la voz a los imputados, Alejandro Chapey se sumó a la petición de su abogado y dijo que la contraparte hizo “contratación de medios para desprestigiar su imagen”, puesto que se trata de un asunto que no tiene nada que ver con su carácter de servidor público, simplemente se le da un uso “malévolo” a los medios de comunicación, además señaló que en audiencias anteriores no se habían presentado medios de comunicación.

Adelfa N | Foto ilustrativa / LSR Hidalgo

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“Confiamos en ustedes, además de que nos acusan de algo que no, pero aquí nuestra contraparte busca  desprestigiar nuestra imagen”, expresó.

Máxima publicidad, un precepto de la justicia penal de oralidad

Al resolver sobre la incidencia planteada, el juez de Control expuso que la publicidad es la regla general en las audiencias con el objetivo de que la sociedad se entere de las resoluciones; sin embargo, hay excepciones planteadas en el artículo 64 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y a pesar que no fue parte de los argumentos de defensa, el juez respaldó su resolución en “la información por cuestiones de investigación y nombres de personas que se afirma son investigados”. 

Asimismo, el juez señaló que es un derecho de los imputados no ser expuestos ni su imagen ni persona, por lo que decretó la privacidad, bajo el amparo del artículo 64 del Código Nacional de Procedimientos Penales Fracción IV, que a la letra dice “Artículo 64. Excepciones al principio de publicidad. El debate será público, pero el órgano jurisdiccional podrá resolver excepcionalmente, aun de oficio, que se desarrolle total o parcialmente a puerta cerrada, cuando: F VI, el órgano jurisdiccional estime conveniente”.

Alejandro Chapey N | Foto: LSR Hidalgo

A pesar de que el defensor particular de los servidores públicos del Congreso local y del Ayuntamiento de Pachuca no argumentó con base en el Código Nacional de Procedimientos Penales, el juez de control decretó que la audiencia se llevara de manera privada, para proteger la imagen pública de Adelfa y Alejandro Chapey.

En esa misma audiencia, el juez otorgó 30 días al agente del Ministerio Público para que reúna los datos de prueba que le faltan para continuar con el proceso penal.

Minutos más tarde, Adelfa y Alejandro Chapey salieron del recinto acompañados de su abogado, que al notar que este medio de comunicación grababa la escena intentó bloquear la vista de sus representados.

sjl