PACHUCA. – La Unidad Especializada en el Combate al Secuestro (UECS) será la encargada de atender fraudes telefónicos, extorsiones e ilícitos conexos perpetrados en Hidalgo, delitos que antes atendían las Unidades de Litigación de la región Oriente o Poniente de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJEH).
Así se desprende de un acuerdo que emitió Santiago Nieto Castillo, encargado de despacho de la PGJEH, el cual entró en vigor este 14 de febrero tras ser divulgado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).
El cambio de investigaciones que se redirigió a la UECS se atribuyó a un alza del 114 por ciento en los delitos de extorsión en el último año, toda vez que, en el 2022, la Procuraduría inició 232 carpetas de investigación que se significaron más del doble de las 108 registradas en 2021, de acuerdo con cifras divulgadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
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Adicional a estas numerarias, la Encuesta de Victimización y Percepción de Seguridad Pública (ENVIPE) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) también establece que la extorsión es una práctica común en 12 entidades federativas, entre las cuales, se encuentra Hidalgo.
Respecto a las carpetas por extorsión iniciadas en lo que va de 2023, Nieto Castillo informó durante un foro que son 37 y que el 80 por ciento de estas las denunciaron habitantes de Pachuca, Mineral de la Reforma, Tulancingo y Tula.
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Por lo anterior, el reciente acuerdo otorgó la facultad a la UECS para investigar y perseguir los delitos de fraude cometido telefónicamente, extorsión, delitos conexos y concurrentes, previstos en el Código Penal para el Estado de Hidalgo.
En consecuencia, las carpetas de investigación iniciadas posterior a la entrada en vigor del acuerdo serán enviadas Unidad Especializada en el Combate al Secuestro; pero los procedimientos penales que ya están en proceso, se conservarán hasta su conclusión en las Subprocuradurías Oriente o Poniente, según corresponda.
El delito de extorsión está previsto en el artículo 216 del Código Penal y contempla penas de 2 a 8 años de prisión para quien, con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un hecho o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o de un tercero.
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