JUSTICIA

Líderes sindicales de Pachuca y La Reforma bajo la lupa de la justicia, piden amparo

Percy Leonardo Espinosa Bustamante y Matilde Espinosa Bustamante, líderes sindicales de Pachuca y Mineral de la Reforma, solicitaron amparo contra posible aprehensión

Los hermanos son líderes sindicales de los dos municipios más grandes del estado.Créditos: LSR Hidalgo
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.— Santiago Nieto Castillo, encargado de Despacho de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJEH) confirmó que existen denuncias en contra de los líderes sindicales de los ayuntamientos de Pachuca y Mineral de la Reforma, los hermanos Percy Leonardo Espinosa Bustamante y Matilde Espinosa Bustamante, respectivamente.

Sin embargo, no quiso comentar los motivos de la denuncia para no entorpecer el sigilo de la investigación. Al mismo tiempo, el Consejo de la Judicatura daba cuenta de la promoción de dos amparos, uno por cada uno de los líderes sindicales, en el caso de Percy Espinosa contra actos de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Corrupción, pero fue desechado porque su argumento decía “contra todo lo actuado en la carpeta de investigación”.

En el caso de Matilde Espinosa Bustamante, busca el amparo de la justicia federal junto con Óscar Arce Pérez contra actos del Juez de Control del Primer Circuito Judicial del Estado de Hidalgo y otras autoridades a quienes reclama la orden de aprehensión; búsqueda; detención; presentación; arresto y su ejecución.

En respuesta, el juez de distrito determinó la suspensión contra orden de aprehensión y detención y señaló las 12:00 horas del 9 de enero de 2024, para la celebración de audiencia incidental. El juez de distrito otorgó la suspensión provisional a efecto de que las cosas queden en los mismos términos.

ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. EL PODER DE LA INFORMACIÓN EN LA PALMA DE TU MANO

En la resolución se menciona que si se trata de delitos de prisión preventiva oficiosa a que se refiere el artículo 19 constitucional, la suspensión sólo producirá el efecto de que el quejoso quede a disposición del órgano jurisdiccional de amparo en el lugar que éste señale únicamente en lo que se refiera a su libertad, quedando a disposición de la autoridad a la que corresponda conocer el procedimiento penal para los efectos de su continuación.

Santiago Nieto Castillo, encargado de Despacho de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo | Foto: Archivo LSR Hidalgo

Si se trata de delitos que no impliquen prisión preventiva oficiosa, la suspensión producirá el efecto de que el quejoso no sea detenido, bajo las medidas de aseguramiento que el órgano jurisdiccional de amparo estime necesarias a fin de que no evada la acción de la justicia y se presente al proceso penal para los efectos de su continuación y pueda ser devuelto a la autoridad responsable en caso de que no obtenga la protección de la justicia federal.

En lo que hace al líder sindical de Pachuca, ya le fue negada la protección de garantías por el juzgado segundo de distrito y ahora fue desechado el expediente 2006/2023 en el primer juzgado de Distrito. Su objetivo es evitar que le fuera girada una orden de aprehensión, en un primer momento, pero luego intentó ampliar la demanda en contra de un auto de formal prisión.

En el expediente 1748/2023 tramitado ante el juez de distrito en contra de actos del juez penal de Control del Primer Distrito Judicial de Pachuca, el funcionario federal resolvió que no era posible ordenar la protección de garantías.

Antecedentes, había otra demanda de amparo

Y es que en su demanda inicial, Percy Leonardo Espinosa Bustamante, promovió juicio de amparo por el acto consistente en la orden de aprehensión, captura o detención emitida en su contra, y su ejecución, para la cual le concedida la suspensión provisional

Sin embargo, intentó ampliar la demanda de amparo en contra de las constancias que integran la carpeta de investigación con número único de caso 12-2023-04350, por lo que el juez de distrito consideró que no es procedente la ampliación de demanda, en consecuencia niega la suspensión definitiva y ordenó que el nuevo reclamo sea motivo de un nuevo juicio de amparo en el que se analice su constitucionalidad.

sjl