PRESTACIONES

Guanajuato: ¿Afecta al pago de aguinaldo haber tenido incapacidad en el año?

Llega el fin de año y también una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores, el aguinaldo, y hay personas en el año tuvieron incapacidad y tienen dudas si eso les afectara en el pago de este concepto

La Ley Federal del Trabajo contempla qué es lo que deben hacer las empresas sobre el pago del aguinaldo a trabajadores que tuvieron incapacidad en el año.
La Ley Federal del Trabajo contempla qué es lo que deben hacer las empresas sobre el pago del aguinaldo a trabajadores que tuvieron incapacidad en el año.Créditos: Especial
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Guanajuato.- Como cada año se acerca el pago de una de las prestaciones muy esperada por los trabajadores de México y es el aguinaldo y el se paga éste es de acuerdo a los días que se laboraron en el año por lo que muchas personas tienen la duda de si les afectará en el monto que les corresponde o no lo recibirán en caso de que hayan tenido incapacidad por enfermedad, maternidad u otra causa.

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En la Ley Federal del Trabajo (LFT) se tiene contemplado la entrega del aguinaldo por parte de las empresas así lo indica en el artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre.

“Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos”.

Y agrega que los trabajadores que no laboraron un año completo en su empresa tendrán derecho a la parte proporcional del aguinaldo.

“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.

Se explica que el aguinaldo que se entrega a los trabajadores son 15 días de sueldo, pero si algún empleado solamente laboró una parte del año le corresponderá una parte proporcional de esta prestación que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo es para trabajadores de planta, de confianza, eventuales y sindicalizados, entre otros.

Pero hay trabajadores que no laboraron en algún periodo del año debido a que recibieron una incapacidad por lo que muchas personas se preguntan si eso afectará la cantidad que se entrega de aguinaldo.

¿Se paga aguinaldo su el trabajador tuvo incapacidad?

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo en estos casos de incapacidad, la empresa no puede reducir o no pagar el aguinaldo:

  • Incapacidad por maternidad pre y post natal. Los periodos pre y postnatales (antes y después del nacimiento), deben contar como días trabajados para el cálculo del aguinaldo.
  • Permiso de paternidad. El permiso de paternidad se considerará como tiempo efectivamente laborado, y por lo tanto se tiene derecho a recibir completo el aguinaldo.
  • Incapacidad temporal por accidentes de trabajo. Estén asegurados o no, se consideran como trabajadores en activo durante el periodo que dure la incapacidad temporal y por lo tanto tienen derecho a recibir completo su aguinaldo, ya sea por parte de la empresa o de las instituciones de seguridad social.

Hay casos en los que se podría descontar parte del aguinaldo o el total de éste y es cuando hay un juicio por pensión alimenticia o si el trabajador pidió un adelanto de dicha prestación al patrón.

Si se diera el caso de que el patrón diga que no va a pagar el aguinaldo porque hubo incapacidad un tiempo determinado, porque no se tiene cumplido el año en la empresa o por otro motivo, se puede llamar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) sin costo a los números 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877.

También se puede presentar el caso de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.

CM