NUEVO LEÓN

DIF Fabriles rechaza recomendaciones de Derechos Humanos por la muerte de Ángel Moreno

Dentro de las recomendaciones que Derechos Humanos hizo el DIF era realizar una disculpa pública y memoriales para la víctima

Créditos: Especial
Escrito en ESTADOS el

MONTERREY. -La Comisión Estatal de Derechos Humanos lamentó que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado no acepte de manera íntegra la recomendación por violaciones graves a los derechos humanos, emitida el pasado 30 de mayo, sobre la muerte de un menor en el DIF Fabriles.  

El deceso del menor fue calificado por Derechos Humanos como crimen de Estado. Tras vencerse este martes el plazo de 10 días hábiles para aceptar o rechazar la recomendación, el organismo recibió el documento donde la autoridad manifestó estar imposibilitada para cumplir, en su totalidad, con los puntos recomendatorios, lo que implica, de facto, una no aceptación.

Las recomendaciones no pueden aceptarse de manera parcial, por lo que enviará al DIF Estatal una solicitud para que haga público el informe en el que funde y motive su negativa, a efecto de realizar un informe de suficiencia de los argumentos vertidos por la autoridad responsable, añadió Derechos Humanos.

De no reconsiderarse la aceptación, el caso será turnado al Congreso del Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León, informó.

La CEDHNL emitió la Recomendación por el fallecimiento de Ángel Manuel Moreno en el DIF Fabriles, habiendo sido vulnerados, al menos, 11 de sus derechos fundamentales.

Estas son las recomendaciones que emitió la CEDHNL

En la recomendación, el organismo solicita a la autoridad responsable realizar una disculpa pública y memoriales para la víctima, contar con servicios médicos en el espacio donde falleció el adolescente, elaborar un padrón de niñas, niños y adolescentes a cargo del DIF, llevar a cabo una consulta a las niñas, niños y adolescentes sobre el trato que reciben, así como un enfoque diferenciado y especializado, elaborar protocolos para casos de traslados, agresiones a infantes y adolescentes, y casos de emergencia médica.

La Comisión confirmó que la responsabilidad de las violaciones a derechos humanos por el fallecimiento de Ángel Manuel es de quienes ocupaban los cargos como Director General del DIF, Director de Atención al Menor y la Familia del DIF y del Encargado de la Enfermería de Fabriles.

El 9 de febrero de 2022 Ángel Manuel Moreno, de 14 años de edad murió en el albergue del DIF Fabriles en Monterrey, institución que tenía su tutela; ahora la Comisión Estatal de Derechos Humanos ha calificado la muerte de Ángel como crimen de Estado. 

La Fiscalía de Justicia tiene una investigación por homicidio y ha imputado a proceso a dos hombres, pero escapa por el momento el actual líder de Movimiento Ciudadano, Miguel Ángel Sánchez quien era director de la institución, pero está amparado.

Cuando se supo de la muerte, el gobierno estatal, se concretó a señalar que el adolescente falleció por un choque séptico de abdomen tras presentar problemas estomacales.

Contexto

De acuerdo a la investigación, el día 8 de febrero de 2022, el menor se encontraba en un espacio al aire libre del Albergue Fabriles cuando sufrió una crisis derivada de un trastorno previamente diagnosticado, y Raymundo Francisco ‘N’ golpeó su cara con puño cerrado, cayendo el menor al suelo, donde posteriormente el imputado dejo caer su rodilla con todo su peso, provocando instantáneamente vómito y dolor abdominal, síntomas a los que durante las horas siguientes se sumaron los de debilidad, palidez, labios azulados, sudoración fría y hundimiento de ojos, hasta ocurrir la muerte del menor que se concluye tuvo origen en un shock hipovolémico a raíz de los golpes.

Luego Mauricio Miguel giró instrucciones para eliminar fichas informativas elaboradas por elementos de seguridad de la institución y ordenó la eliminación de fotos, videos y mensajes, así como la manipulación del sistema de circuito cerrado de la misma institución.

A esta persona también se le atribuye la omisión de reportar la muerte del menor a las autoridades correspondientes y ordenar un servicio funerario, incluida la incineración del cuerpo, sin haberse practicado una autopsia, esto con el fin de obstruir la investigación de los hechos.