OAXACA.- Keyla, fue rociada con thinner y quemada. La joven de 21 años de edad sobrevivió al ataque y su agresor fue detenido, sin embargo, al considerar que el imputado no tuvo intenciones de matarla, un juez de Oaxaca reclasificó el delito de feminicidio agravado en grado de tentativa a Delito de Alteraciones a la Salud por Razón de Género.
Fue en 2020, cuando Oaxaca se convirtió en la primera entidad en tipificar la violencia ácida por medio del delito Alteraciones a la Salud por Razón de Género, el cual comprende daños por medio del uso de un agente físico, químico o sustancia corrosiva, para sancionarse con una pena de 20 a 30 años de prisión.
El artículo 412-A del Código Penal de Oaxaca, señala que se impondrá de treinta a cuarenta años de prisión y multa de quinientas a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, si entre el activo y la víctima exista o haya existido una relación de parentesco por consanguinidad, afinidad, civil, matrimonio, concubinato, noviazgo, relaciones de convivencia o una relación similar, laboral o docente.
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La Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO), adelantó que apelará la determinación del juez que aceptó la solicitud presentada por la defensa del imputado, Carlos M.C, para reclasificar el delito.
Julieta Bautista, representante legar de Keyla, indicó que el ataque ocurrió entre las 15:30 y 16:00 horas en la casa de la joven. Señaló que la carpeta de investigación fue abierta por el delito de intento de feminicidio. Indicó que la familia no ha querido dar mayor información porque no quieren que se lucre con el caso o que se politice.
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“Lo único que queremos hacer saber es que el gobierno no está apoyando a los familiares hasta este momento”.
Consulta respecto de la reclasificación del delito realizada por el juez, la abogada especialista en temas de género, Yesica Sánchez Maya, indicó que resulta grave la ligereza con la que el poder judicial hace una reclasificación fuera de contexto, sin perspectiva de género y con una lógica que favorecer al feminicida.
“Si le echas thinner a alguien es una conducta, si le prendes un cerillo, lo que menos quieres es causarle un daño como malformarle, hacerle una herida. El hecho de rociarle thinner como primer hecho y después lanzarle un cerillo como agente externo, sin duda alguna no buscaba solamente lesionarla sino matarla”, señaló.
Sánchez Maya destacó que es igual de preocupante la tendencia del poder judicial de menoscabar y desplantarse frente a la gravedad de la violencia en Oaxaca.