¿Eres de las personas que mueven dinero entre sus propias cuentas bancarias? Aunque parezca un movimiento simple, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría interpretarlo como un ingreso no declarado si no cuentas con la documentación adecuada para comprobar lo contrario.
De acuerdo con el artículo 59 del Código Fiscal de la Federación, cuando el SAT detecta depósitos en cuentas bancarias que no corresponden a registros contables, puede presumir que se trata de ingresos sujetos al pago de impuestos. Aunque los traspasos entre cuentas propias no generan nuevos ingresos, el SAT puede exigir una aclaración si detecta movimientos frecuentes o por montos elevados.
“El SAT no recomienda este tipo de operaciones de manera habitual, pues pueden interpretarse como ingresos adicionales si no se justifica su origen”, advierte Juan Pacheco del Río, especialista fiscal de De la Paz, Costemalle-DFK.
¿Qué documentos necesitas tener a la mano?
Mover tu dinero entre tus propias cuentas no es ilegal, pero sí puede levantar sospechas si no lo haces con cuidado. En un entorno donde el SAT tiene acceso a tus movimientos bancarios, más vale prevenir y tener respaldo para cada transacción.
Aunque no estás obligado a entregarlos automáticamente, es importante conservar estos documentos para justificar que los traspasos fueron entre tus propias cuentas y no representan ingresos nuevos.
Marcos Gutiérrez de Alta Dirección y experto en defensa tributaria dijo que para comprobar al SAT que los traspasos entre cuentas propias no son ingresos adicionales es necesario contar con:
- Comprobante de transferencia (folio o número de operación)
- Estados de cuenta de ambas cuentas bancarias
- Contrato bancario o CLABE vinculada
- Detalles del origen del importe (nómina, ahorro, venta previa)
- Copia de recibos o comprobantes que acrediten el origen del dinero
- Contabilidad formal (si estás obligado a llevarla)
¿Y si el SAT te quiere cobrar impuestos?
Juan Pacheco del Río experto de De la Paz, Costemalle-DFK dijo a La Silla Rota que las transferencias entre cuentas personales propias, debe hacerse cuidando las formas, para evitar que el SAT lo considere como un ingreso no declarado y cause impuesto nuevamente.
Si el SAT determina que el traspaso es un ingreso no declarado, podrías enfrentar:
- Pago de ISR hasta por un 35%
- Pago de IVA (si aplica)
- Multas y recargos por omisión
En fechas recientes, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa falló a favor de contribuyentes, al considerar que los traspasos entre cuentas propias no son ingresos, siempre que se pueda probar que:
1. Ambas cuentas pertenecen a la misma persona.
2. No hay terceros involucrados.
3. No hay una operación comercial o servicio de por medio.
¡Ojo! De acuerdo con Juan Pacheco del Río experto de De la Paz, Costemalle-DFK, no existe multa alguna por traspasos entre cuentas propias. La consecuencia es que el SAT considere dicho monto como un ingreso acumulable que aún no paga impuestos (podría llegar a un 35% ISR como máximo, más los “intereses” por no haberlo reportado como ingreso en su momento).
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