Muchos le temen a la fiscalización y pago de impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT), sin embargo, algo es cierto: la autoridad fiscal concede varias prórrogas para que los contribuyentes se alineen a las diferentes normativas. Y es que, hay procesos y trámites que es indispensable cumplir o llevar a cabo, de lo contrario no solo te puedes enfrentar a multas, también a verte imposibilitado a tener beneficios fiscales. Hablando de prórrogas, checa este beneficio que le aplica únicamente a ciertos contribuyentes.
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El Régimen Simplificado de Confianza (Resico) es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. El objetivo de este esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos.
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Este régimen fiscal está enfocado en contribuyentes personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados conforme a su actividad económica, pertenecientes a alguno de los cuatro regímenes fiscales que conforman el Régimen Simplificado de Confianza:
- Actividades empresariales y profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas
Con este Régimen se beneficia al 82% de los contribuyentes personas físicas. ¡Ojo! Los trabajadores asalariados no participarán de este régimen sino que se mantendrán bajo el Régimen de Sueldos y Salarios.
Desde el 2022, las personas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 % de sus ingresos. Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto. Esto en razón de que, aun existiendo las posibilidades de deducción, la tasa efectiva del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas fue de 25.4% durante 2020, lo cual representa 10 veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.
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Requisitos para formar parte de Resico
De acuerdo con el SAT, debes:
- Estar inscrito y activo en el RFC
- Contar con e.firma (firma electrónica) vigente
- Buzón Tributario activo (tienes hasta el 30 de junio de 2022 para habilitarlo).
- Ingreso anual de hasta 3.5 millones de pesos.
- No encontrarse en el listado de contribuyentes publicado por el SAT en términos del artículo 69-B, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación, referente a cuando un contribuyente emite facturas con operaciones simuladas.
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales
A propósito de estos requisitos, la e.firma es indispensable para formar parte de este régimen fiscal. El SAT publicó una nueva prórroga para que las personas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza tramiten su e.firma, de modo que los contribuyentes tienen hasta el 1 de enero e 2025 para realizar este trámite, no hacerlo supondrá la expulsión del régimen.