Vivir sin preocupaciones financieras es un lujo que muy pocos se pueden dar. De acuerdo con datos del Inegi, 1 de cada dos mexicanos presentan un nivel de bienestar financiero medio bajo o bajo, lo que significa que 45.9% de la población casi nunca o nunca le sobra dinero al final de la quincena.
En 2023, solo el 52% de la población de 18 años o más tenía algún tipo de ahorro, pero de estos, solo el 57.3% apenas contaba con un monto equivalente hasta una quincena de sus ingresos y solo 10.3% contaba con ahorros superiores a tres meses.
Como es de esperarse, para hacer frente a los innumerables gastos, las personas generalmente recurren a la adquisición de deuda o préstamo; según datos del Inegi, 1 de cada 3 personas (36.2%) tiene algún tipo de deuda.
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¿Crédito de nómina?
Miles de mexicanos han adquirido por lo menos alguna vez un préstamo que descuentan pagos directamente de su sueldo. Muchos bancos e instituciones financieras se han concentrado en ofrecer créditos de nómina, porque son fáciles de colocar y suelen tener un riesgo menor para ellos, debido a que el trabajador recibe su salario ahí, entonces el cobro puede ser automático aún en caso de atraso.
Es fundamental que si vas a adquirir un crédito de nómina lee las condiciones financieras de esos préstamos, como la tasa de interés, las comisiones o si se pueden hacer prepagos y el monto de la mensualidad.
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Así puedes obtener dinero adicional la próxima quincena
El Instituto FONACOT da la opción a los trabajadores de tener liquidez inmediata para utilizarla en la compra de bienes y servicios para elevar su calidad de vida y la de su familia, así como afrontar cualquier imprevisto o pagos inesperados.
Cómo parte de los requisitos, es necesario contar con los últimos 4 recibos de nómina consecutivos expedidos por tu centro de trabajo para comprobar ingresos. La emisión del último no deberá exceder de 15 días anteriores a tu trámite.
Considera que el último recibo de nómina tiene vigencia después de la fecha de registro del periodo de pago, si tu pago es:
- Mensual: no deberá exceder de 31 días.Quincenal, catorcenal o semanal: no deberá exceder de 16 días.
- Por comisión: 4 recibos de nómina en los que se muestre la comisión.
En caso de aplicar, te pueden solicitar documentos adicionales como:
Constancia de antigüedad por parte del Centro de Trabajo.
Carta u oficio por parte del Centro de Trabajo donde confirme percepciones fijas permanentes en efectivo.
Carta u oficio donde indique las claves y conceptos de percepciones y/o deducciones.
Checa esto: