El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una entidad a cargo de la Secretaria de Haciendo y Crédito Público (SHCP) es la institución pública mexicana, que se encarga del recaudo y administración de los impuestos que se cobran a las personas y empresas, y en caso de que no cumplas con tus obligaciones fiscales podrías tener problemas con esta entidad de gobierno.
Vale la pena resaltar también que el Servicio de Administración Tributaria que esta entidad trabaja de forma independiente a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, puesto que es autónoma en el sentido que es libre de tomar sus propias decisiones aunque por supuesto deberá reportar ante la Secretaría de Hacienda.
Es por esta razón que el SAT cada vez ha puesto más atención en todos sus procesos y tratando de hacer más transparentes estos ha comenzado a solicitar nuevos requisitos para que todas las personas físicas y morales estén al corriente y al día con sus trámites tributarios.
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En esta ocasión los que están en la mira del SAT son las personas que reciban pagos diferidos o en parcialidades, ya que como menciona la misma entidad financiera desde el 1 de julio de 2017 entró en vigor una nueva factura obligatoria para estas personas.
¿Cuál es esta nueva factura que el SAT pedirá?
Como ya se mencionó, en el caso de las personas que reciban pagos diferidos o en parcialidades ahora el SAT les pide una factura de complemento de pago.
Es importante saber que de acuerdo con el portal del SAT, la factura del complemento de pagos comenzó a ser obligatoria a partir del 1 de septiembre del 2018, sin embargo, fue a partir del 01 de enero del 2022 que se actualizó la versión del complemento de pagos a la versión 2.0, siendo su uso obligatorio a partir del 1 de abril de este 2023.
Es por eso que es necesario que conozcas la forma y plazos para emitir las facturas que amparen los pagos en parcialidades o diferidos que recibas. Así como también se incluye la documentación técnica de este tipo de comprobante (complemento), y la guía de llenado y catálogos.
Los principales cambios son:
- Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
- Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
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¿Me podrían multar por no tener esta nueva factura?
De acuerdo con el medio de comunicación UNOTV:
"El Código Fiscal de la Federación (CFF) estipula cuáles son las obligaciones de todo contribuyente, y entre estas se destacan sanciones para la falta de emisión de estos recibos".
Es por esta razón que la misma normatividad estipula multas de entre 19 mil 700 y 112 mil 650 pesos a quien incumpla el artículo 83 del CFF y no emita los comprobantes fiscales.
AJA