FINIQUITO POR RENUNCIA VOLUNTARIA

¿Renunciaste a tu trabajo y no te dan tu finiquito?

Cuando el trabajador renuncia únicamente recibe el pago de los días trabajados, la parte proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y prima de antigüedad

Nadie puede obligar a ningún trabajador a firmar algo
Algunos actos sobre la renuncia son totalmente ilegales.Nadie puede obligar a ningún trabajador a firmar algoCréditos: ESPECIAL
Escrito en DINERO el

El terminar una relación laborar por cuenta propia con cualquier empresa significa tener que firmar una renuncia ya que es un acto unilateral por parte del colaborador, es decir, un mecanismo al que éste recurre para dar por terminada la relación laboral, ; sin embargo si es el empleador es quien presiona al trabajador para que firme una renuncia voluntaria, aunque este último no este de acuerdo con el cálculo de su finiquito, es una muy recurrente mala práctica en nuestro país, situación que cae en el ámbito de la ilegalidad.

Es por esto que el abogado y socio fundador del despacho Irka Arve. Kair Vela aclará declara que

ser obligado a firmarla cuando no se desea, es ilegal e inconstitucional, ya que con esa renuncia se pierden ciertas prerrogativas”, explica.

Vale la pena señalar que al renunciar al trabajo de manera voluntaria, la empresa en la que laborabas tiene la obligación de pagar tus días trabajados, la parte proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y prima de antigüedad.

Sin embargo, se dan ocasiones en que los cálculos hechos por las empresas son inferiores a lo que le correspondería al trabajador por ley, y aún así las empresas presionan al trabajador para firmar su renuncia con la justificación de "quedar en buenos términos".

¿Qué se puede hacer si la empresa calcula mal mi finiquito o liquidación?

En todo caso que el trabajador se niegue a firmar la renuncia voluntaria, en caso de que sin motivo alguno el patrón lo quiera obligar a firmarla y como medio de presión le dejase de pagar, el afectado deberá acudir a las instancias laborales para solicitar el pago de las prestaciones de las que es acreedor,

El abogado Eduardo Hernández, director Jurídico de ManpowerGroup para México, Caribe y Centroamérica, recomienda primero acercarse con el empleador para aclarar las diferencias o dudas que se tengan al respecto, y de no llegar a un acuerdo, entonces deberá acudir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), en donde se le brindada asesoría gratuita a cualquier afectado.

“Si ante la PROFEDET no llegan las partes a un acuerdo conciliatorio, tu siguiente opción sería presentar una demanda laboral ante el tribunal competente para que resuelva la controversia”, señala.

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Es importante saber que el tiempo límite para reclamar las prestaciones que se adeuden por parte de empresas o jefes morosos es de hasta un año, a partir de la fecha en que la prestación sea exigible, y para un despido injustificado el plazo para presentar la demanda laboral es de dos meses contados a partir del día siguiente a la fecha de la separación.

AJA