Las bodas pueden llegar a ser muy costosas y los gastos suelen comenzar desde mucho antes cuando una persona decide proponerle matrimonio a otra. Para ello, lo primero que se debe hacer es escoger un anillo.
Estos símbolos de amor significan un gasto considerable, pero lo que muchas personas no toman en cuenta son los impuestos. Los impuestos son una contribución obligatoria con la deben cumplir todos los ciudadanos para financiar los gastos públicos según lo establecido por la ley. Estos impuestos se pagan en distintas situaciones, pero ¿cuáles son los impuestos que se pagan por un anillo de compromiso?
A pesar de que la mayoría de la gente lo desconoce, este tipo de regalos deben considerarse para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) como ingresos. Esto significa que las personas que reciban ingresos en efectivo, bienes o servicios deben pagar impuestos sobre ellos.
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Esto aplica para los anillos de compromiso, ya que se está recibiendo una joya que usualmente tiene un precio elevado. Cuando se recibe un regalo de este valor, esto incrementa el patrimonio de la persona que lo recibe y se considera un ingreso fiscal.
En el caso de un anillo de compromiso, éste es considerado una donación antenupcial. Se llaman antenupciales las donaciones de objetos muebles o inmuebles que hace un esposo a otro antes del matrimonio, según el Código Civil Federal, en el artículo 219. Existen dos tipos: antes del matrimonio entre los futuros cónyuges, y por un tercero hacia alguno o a ambos futuros cónyuges.
Por lo tanto, esta donación está exenta de impuestos pero existe un límite para el valor de una donación de la cuál no tienes que pagar impuestos. Aunque los donativos estén exentos de ISR, los contribuyentes están obligados a informar los donativos obtenidos cuando éstos excedan de $600,000.00 pesos mexicanos.
Si el anillo excede ese valor tendrás que cubrir como pago provisional el monto resultante de aplicar la tasa del 20% sobre éste donativo. Asimismo, en caso de que se llegue a cancelar el matrimonio, la persona que dió el anillo puede exigirlo de regreso ya que las donaciones son revocables y está en su derecho de pedir que se lo devuelvan.
En estos casos, el SAT no lo investigará de oficio a menos que el anillo se quiera vender o la persona que compró el anillo lo solicite y compruebe con una factura que el anillo es de él.
Debes de tener todos estos puntos claros antes de dar el anillo o si recibiste uno, para asegurarte de no caer en problemas legales.