El ISR es uno de los principales impuestos que pagamos, pero la cantidad puede reducirse al deducir impuestos. La deducción fiscal es una reducción del monto total de la obligación tributaria de una persona u organización al encontrarse con un pago que baje sus ingresos imponibles.
Los gastos con los cuáles puedes hacer deducción de impuestos son todos los gastos que la autoridad ha determinado que pueden restarse con la finalidad de pagar menos impuestos. Uno de los gastos que puedes deducir es la gasolina.
Según American Express, “el Servicio de Administración Tributaria permite que las personas físicas cuyo régimen fiscal sea por honorarios, Persona Física con actividad empresarial o Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) puedan deducir el gasto que generen en gasolina en su declaración anual”.
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Al ser la gasolina un aspecto elemental en el gasto de los mexicanos, es posible considerarla para la deducción pero tiene que contar con ciertos requisitos. Estos son especificados en la tercera sección del artículo 27 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y si no los cumples no se permitirá la deducción del combustible.
Los requisitos son los siguientes:
- El consumo de gasolina debe ser estrictamente indispensable para los fines de la actividad a la que se dedica el contribuyente.
- Para las personas morales, el SAT solicita que cuenten con un vehículo propio, a nombre de la Empresa, y que sea a comodato, lo que significa que lo utilicen los empleados sin costo para el desempeño de su trabajo.
- La estación de servicio que facilita el combustible deberá emitir una factura electrónica bajo la razón social del contribuyente. La factura Zambian puede ser proporcionada por la Empresa que emite las Tarjetas de servicio o los monederos electrónicos de combustibles.
- No es necesario que el gasto sea mayor a 2 mil pesos para poder deducirlo. Y de acuerdo con la ley de Impuesto Sobre la Renta se puede obtener un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con un pago menor, siempre y cuando esté justificado.
- Los pagos que son deducibles son: Cheque nominativo, tarjeta de crédito de débito o de servicios, monedero electrónico de combustibles autorizado por el SAT, transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente.
El pago en efectivo no es deducible pero se hace una única excepción si la carga se realiza en zonas rurales donde no haya servicios financieros electrónicos disponibles. Para que esto sea válido se debe contar con una autorización previa del SAT y con la factura electrónica expedida por la estación de servicio que emite el combustible.