Tras analizar más de 7 juicios en contra del marco geográfico electoral dispuesto por el Instituto Nacional Electoral (INE) para efectuar la elección de jueces, magistrados y ministros, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, la validez de dicho marco geográfico.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. EL PODER DE LA INFORMACIÓN EN LA PALMA DE TU MANO
SÍGUENOS EN EL SHOWCASE DE GOOGLE NEWS
Te podría interesar
El proyecto de sentencia presentado por la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto, sostuvo que los argumentos de los ciudadanos, incluidos participantes del proceso electoral que tendrá lugar el próximo año, carecen de fundamento al cuestionar la competencia del INE, ya que este instituto es quién por Ley, ostenta la facultad para determinar la geografía electoral.
También calificó de equívocos los alegatos que acusan al INE de actuar de forma incongruente y de vulnerar los derechos de las personas que participan en el proceso electoral para la elección de jueces, ministros y magistrados.
Te podría interesar
Opiniones divididas en el Tribunal
La decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no fue unánime debido a que la magistrada Janine Otálora Malassis votó en contra, ya que consideró que la división geográfica que hizo el INE para la elección judicial “sí vulnera los derechos de las personas electoras, ya que impide la elección directa, así como la legitimidad democrática que, justamente, busca garantizar esta reforma”.
“No comparto el confirmar el acuerdo controvertido, ya que la autoridad electoral equiparó indebidamente los distritos electorales que se establecen para los órganos legislativos con distritos electorales judiciales”, cuestionó la magistrada Otálora.
Y añadió que los juzgadores no son figuras con representatividad en un distrito, sino que actúan de manera individual, razón por la cual todos los que tienen jurisdicción en el territorio del circuito judicial, tendrían que ser personas electas por la ciudadanía en dicho territorio.
Además, al reconocer que la división del INE se hizo con fines operativos, señaló que esto afecta el derecho a ser votado de los participantes de la elección judicial, así como también, el derecho a votar de los ciudadanos, ya los limita a votar por un determinado número de juzgadores.
“El acuerdo pasa por alto la residencia de los juzgadores en el distrito, donde pueden ser votados”, recalcó.
Pese a sus observaciones, el resto de magistrados del TEPJF no concordó con ella y voto por la validez del marco geográfico propuesto por el INE para la elección judicial. Además, declararon la improcedencia de otras seis impugnaciones relativas a la elección del Poder Judicial bajo el argumento de que algunos de los actos impugnados son inexistentes, están sin materia o son actos consumados de manera irreparable y otros fueron hechos de manera extemporánea.
VGB