Probablemente una de las muestras más claras del control territorial que ejerce el crimen organizado –por más que se pretenda negar–, está en el hecho de que muchas familias y, en no pocas ocasiones comunidades enteras, se vean obligadas a dejar sus casas, sus tierras, sus trabajos, escuelas, así como a sus parientes y amistades con las que han construido una vida, debido a los altos niveles violencia por parte de los grupos delincuenciales y a la pasividad de las autoridades que supuestamente debían proteger a la población.
A inicios del pasado mes de mayo, autoridades indígenas denunciaron los ataques armados de la organización criminal Los Ardillos contra al menos tres comunidades del municipio de Chilapa, Guerrero, en los que se utilizaron armas de alto calibre y drones provocando una guerra. De acuerdo con el Centro Fray Bartolomé de las Casas esto se suma a desplazamientos forzados previos en la región, alcanzando alrededor de 2,200 personas con lo cual, por ejemplo Alcozacán, donde se encuentra una de las principales bases organizativas del Consejo Indígena y Popular de Guerrero-Emiliano Zapata (CIPOG-EZ), se encontraba prácticamente vacía. Además, se reportó el asesinato de cinco personas.
Conforme al informe sobre desplazamiento forzado interno del Programa de Derechos Humanos de la Ibero, en 2024 se registró el mayor número de casos en la historia reciente al pasar de 12 mil 623 personas desplazadas en 2023, a casi 29 mil en ese año, lo que representa más del doble. Según sus estimaciones, cerca de 390 mil personas han tenido que abandonar sus hogares, siendo los estados más afectados Chiapas, Oaxaca y Michoacán, pero también se debe considerar a los desplazamientos individuales conocidos como gota a gota por ser silenciosos pero constantes y de los cuales no se tiene registro, por lo que el número es aún mayor.
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Por su parte, en el estudio Desplazamiento Forzado Interno en México: nuevas violencias, viejas deudas, realizado por la investigadora del CIESAS, Natalia de Marinis, y publicado en agosto del 2025, ya se advertía sobre el incremento de la violencia armada y el uso de tecnologías bélicas como drones y minas que no sólo representan una amenaza directa contra la vida humana, sino que atentan contra la existencia misma en los territorios: definen líneas mortales, controlan los movimientos y erosionan las formas de habitar, convirtiéndolos en zonas susceptibles de despojo, codiciadas por intereses mineros, el control de rutas estratégicas y otros fines.
Diversas organizaciones y especialistas han pedido que se emita una ley general para homologar los criterios en la atención del desplazamiento forzado interno dada la disparidad en las entidades que cuentan con leyes en la materia como Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Sinaloa o Zacatecas, así como atender las reiteradas recomendaciones de la CIDH (2013, 2015, 2022) para crear una institución encargada de proteger a las personas desplazadas y destinar presupuesto para su atención integral.
Sin embargo, ante la falta de respuesta, el Consejo Nacional de Litigio Estratégico promovió un amparo que fue atraído por la SCJN quien, en principio, debía pronunciarse en su sesión del pasado lunes 1 de junio sobre el alcance de las obligaciones convencionales del Estado mexicano, de las recomendaciones internacionales y la procedencia del juicio de amparo frente a omisiones en materia de derechos humanos. Aún cuando la discusión fue pospuesta, es de tener en cuenta que en el proyecto presentado por la ministra María Estela Ríos, se propone establecer que no existe obligación del congreso para acatar las recomendaciones de la CIDH las cuales solo tienen un carácter orientador, ni del gobierno federal de crear un órgano especializado o asignar presupuesto ya que, en ausencia de un mandato vinculante específico, corresponde al legislador y al ejecutivo definir el arreglo normativo, institucional y presupuestal para atender esta problemática. Es decir, al parecer se va a negar el amparo pero lo más preocupante, es que siguen sin tomarse las medidas necesarias para proteger a la población desplazada, que se ve afectada por una serie de vulneraciones a sus derechos humanos como a una vivienda digna, a la salud, educación, empleo y otros medios de subsistencia.
