En las últimas semanas ha estado presente en los medios de comunicación y en las charlas cotidianas el tema de la Reforma electoral, una iniciativa impulsada desde el Ejecutivo federal que en mes y medio ha tenido varios episodios debido al cuestionamiento a la misma por parte de algunos sectores de la sociedad, pero más aún, de la mayoría de los partidos políticos con representación vigente en los órganos legislativos.
Bajo la premisa de reducir los gastos del sistema electoral mexicano, la propuesta se cimentó en disminuir los recursos otorgados a los partidos políticos, pero también, el número de diputados y senadores plurinominales en sus respectivas cámaras, en concordancia con un espíritu de austeridad. En el primer punto, el respaldo fue unánime por parte de todas las corrientes políticas, pero, en el segundo, el debate fue álgido y fisuró las alianzas políticas actuales.
A propósito de la discusión de lo que ha sido denominado como el Plan B, vale la pena hacer un recuento sobre las distintas reformas en materia electoral realizadas a lo largo de poco más de un siglo en nuestro país, como parte de su proceso de conformación del sistema electoral y los retos a los que este se enfrenta para los próximos años.
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En el caso de México, a partir de 1973 se rompe con la figura de la integración de los órganos legislativos por mayoría relativa o voto directo, mediante la inclusión de la figura del “diputado por partido”, dando pie a la inclusión de legisladores cuyos partidos políticos alcanzaran el 2.5 por ciento del total de la votación.
En 1977, después de observarse que esta medida no era del todo inclusiva, se introdujo en nuestra Constitución, la figura del “diputado de representación proporcional”, otorgándole el carácter de mixto a nuestro sistema electoral, pues, a partir de ese momento, los órganos legislativos se conformarían mediante el principio de mayoría relativa y el de representación proporcional.
Medidas que se reforzarían en la década de los 80 con la promulgación del entonces Código Federal Electoral, y la posterior creación del entonces Instituto Federal Electoral, que, al paso del tiempo, permitieron procesos electorales con resultados más incluyentes en los órganos de representación, y un sistema electoral más consolidado.
A partir de ese momento, todas las reformas en la materia buscaron incrementar los porcentajes de representación proporcional en los espacios legislativos y a evitar la sobrerepresentación en los mismos.
Sumada a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, derivada de la Acción de Inconstitucionalidad 6/98, en la que indicó que “el principio de representación proporcional tiende a garantizar la pluralidad en la integración de los órganos legislativos, permitiendo que formen parte de ellos los partidos políticos minoritarios e impidiendo, a la vez, que los partidos dominantes alcancen un alto grado de sobrerepresentación”.
Haciendo un recuento, la Reforma electoral recién propuesta contemplaba, entre otros elementos, redefinir lo referente a las consultas populares, acotar el financiamiento público de los partidos políticos, ampliar la fiscalización a las cuentas de las instituciones políticas, regular el uso de inteligencia artificial en la propaganda política, adecuar el uso de los tiempos en los medios de comunicación públicos, modificar las formas de elección de diputados, reducir el número de senadores, modificación a los cómputos distritales, entre otros aspectos.
Sin embargo, no hubo consenso con respecto a la manera en que se deberían elegir los futuros diputados, debido a que se apelaba a que fuera a través de la representación directa, en lugar de buscar la conformación de un congreso con representación proporcional de todas las instituciones políticas ni en lo referente a la reducción del número de senadores, y por tanto, la reforma fue rechazada.
En un segundo intento, se presentó el llamado Plan B, consistente en establecer un tope salarial para los funcionarios electorales, reducir los presupuestos del Congreso federal y los congresos estatales, reducir el número de síndicos y regidores en cada municipio a máximo 15, y en llevar a cabo el proceso de revocación de mandato durante el tercer año del período presidencial, es decir, durante las elecciones de 2027, y no en el cuarto, como lo establece nuestra constitución actualmente.
Todos los puntos fueron aceptados en el Senado de la República, menos el último, referente a la revocación de mandato, pues, se consideró que eso implicaba la posibilidad de promoción del voto desde el Ejecutivo federal hacia alguna corriente política en particular en las elecciones intermedias, pudiendo provocar una desigualdad de competencia.
Esta semana, la Cámara de Diputados discutirá los restos de la propuesta original del Plan B, y ante ello, cabe recordar lo dicho por la politóloga Chantal Mouffe, en su libro El retorno de lo político, donde advierte que la democracia ha cambiado de significado, y ya no significa una armonía perfecta en el entorno social, sino que esta existe cuando ningún agente social se convierte en el dueño de los fundamentos de la sociedad ni representa la totalidad. Por el contrario, para que exista la democracia, se deben reconocer los límites ante la posibilidad de existencia de otros puntos de vista.
