La Elección Judicial de 2025 en México se llevó a cabo el domingo 1 de junio de 2025. Las personas que resultaron ganadoras en este proceso electoral asumieron sus cargos el 1 de septiembre de 2025. Con ello, se dio paso a la renovación íntegra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que quedó integrada por personajes ligados al partido dominante.
Las resoluciones de la Corte
Las resoluciones más destacadas entre finales de 2025 y principios de 2026 hechas por la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación incluyen la regulación de Rentas en la Ciudad de México, en la que el Pleno declaró constitucional el decreto que establece que el incremento anual de las rentas de inmuebles destinados a vivienda no debe superar la inflación reportada por el Banco de México; y la resolución como procedente de la retención de una parte del ahorro para el retiro de trabajadores del Estado para garantizar el pago de pensiones alimenticias, siempre que el deudor esté desempleado y no posea otros bienes.
En materia de género y derechos humanos, la Corte estableció que el tipo penal de feminicidio debe aplicarse no sólo en relaciones de matrimonio o concubinato formal, sino en cualquier "relación de hecho" o informal, ampliando la protección jurídica para las mujeres frente a la violencia feminicida.
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Por otra parte, el Pleno aprobó un criterio que permite que los testimonios de víctimas de desaparición forzada o cometida por particulares se incorporen como prueba válida en los juicios, asegurando que el rastro delictivo no se pierda por la ausencia física de la víctima.
Congelación de cuentas
Lo más reciente en cuanto a resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue el tema de la congelación de cuentas bancarias (aseguramiento de activos) con un enfoque que según se argumentó busca equilibrar las facultades de investigación del Estado con el derecho a la propiedad y la presunción de inocencia, especialmente en casos de delitos fiscales y de delincuencia organizada.
Las resoluciones más significativas emitidas por la nueva integración entre finales de 2025 y el presente mes de abril de 2026 son las siguientes:
Al final de 2025 la Corte determinó que el bloqueo de cuentas realizado por la Unidad de Inteligencia Financiera solo es constitucional si existe una solicitud expresa y documentada de un organismo internacional o autoridad extranjera con facultades de investigación. Asimismo, se determinó que el Ministerio Público no puede mantener congelada una cuenta de forma indefinida sin judicializar la carpeta de investigación, por lo que en un plazo de 90 días naturales la autoridad debe presentar pruebas ante un juez que justifiquen la necesidad de mantener el aseguramiento o el juez de control debe ordenar el desbloqueo inmediato para no vulnerar el derecho al mínimo vital del titular. Además, la Corte determinó que, incluso si una empresa está bajo investigación por defraudación fiscal, el bloqueo de cuentas no debe impedir el pago de salarios ni de cuotas obrero-patronales, ordenando a las instituciones financieras permitir retiros parciales exclusivamente para el cumplimiento de obligaciones laborales, bajo la supervisión de un interventor, evitando que la investigación penal asfixie económicamente a los trabajadores ajenos al proceso.
Estas resoluciones marcan una tendencia de la Corte hacia una "justicia procedimental estricta", donde la eficiencia en la persecución del delito no puede pasar por encima de las garantías mínimas de defensa técnica y supervivencia económica de los ciudadanos y empresas.
Es verdad que una persona puede quedar en la indefensión ante un congelamiento de sus cuentas, no pudiendo tener acceso a sus fondos sin que proceda un amparo ante la resolución. Pero también es cierto que esta situación tiene una duración establecida acotada a 90 días, plazo en que debe ser judicializada o retirado el control.
Una nueva lógica que mira a la búsqueda de un difícil equilibrio entre el respeto a los derechos humanos del sancionado y la contención de actividades ilícitas que pudieran estar en desarrollo. Tema sin duda polémico que debiera discutirse en el espacio público, pero con apego al contenido real de las resoluciones de la Corte Suprema.
