VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Por fin, justicia para algunas mujeres mexicanas

Se debe garantizar que las autoridades de los tres niveles trabajen en la prevención, la investigación y la sanción de las violencias contra las mujeres a fin de evitar casos como el de Lilia Alejandra o el de Ernestina. | Leonardo Bastida

Escrito en OPINIÓN el

A casi 25 años de haber sido asesinada en Ciudad Juárez, Chihuahua, después de haber desaparecido el 14 de febrero de 2001, y posteriormente, su cuerpo hallado una semana después con huellas visibles de violencia física y sexual, Lilia Alejandra García Andrade y su familia recibieron justicia, pero no de las autoridades mexicanas, sino por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) que determinó la responsabilidad del Estado mexicano en la desaparición, tortura y feminicidio de la entonces joven de 17 años, trabajadora de una maquila de la urbe fronteriza y madre de una niña y un niño. 

Este caso se convirtió en uno de los más emblemáticos de las centenas de registros de feminicidios ocurridos en Ciudad Juárez a finales de la década de los 90 y principios del siglo XXI debido al tesón de la madre de Lilia Alejandra, Norma Andrade, quien comenzó a tocar múltiples puertas para que se esclarecieran los hechos y se castigara a los culpables.   

Sus demandas y sus exigencias visibilizaron la problemática que aquejaba a la urbe fronteriza. Al ver que su caso no era único, junto con otras madres fundó la organización Nuestras Hijas de Regreso a Casa, para exigir la resolución de sus casos y de muchas otras mujeres más. Convirtiéndose en pionera y en un pilar en la lucha en contra de los feminicidios en México, al mostrar que la situación no era exclusiva de su ciudad, sino de todo el país.  

Con miles de kilómetros recorridos en marchas y mítines, Norma no cesó en su afán por lograr que un día se hiciera justicia en el caso de su hija, Lilia Alejandra, y que la violencia feminicida deje de ser una herida abierta en México. 

A partir de diciembre pasado, la CoIDH estableció que “estos hechos (la desaparición y el feminicidio de Lilia Alejandra) ocurrieron en un contexto de violencia contra las mujeres que ya había sido referido por esta Corte en el caso González y otras (Campo Algodonero) Vs. México”, referente a tres casos similares en un predio de Ciudad Juárez, en los que hubo múltiples omisiones por parte de las autoridades. 

Entre estas, la ineficacia de la Fiscalía General de Justicia de Chihuahua, la falta de estructura para poder dar respuesta a la situación, la ausencia de una debida diligencia, la inacción ante el reporte de desaparición de la víctima, la carencia de mecanismos de prevención de la violencia de género a pesar de los múltiples reportes existentes en aquella época, la falta de perspectiva de género, la permisión de la violencia sexual ante la impunidad propiciada por la inacción a pesar de la denuncia, las omisiones de un sinfín de instancias federales, estatales y municipales, entre otros. 

Sumado a que, a lo largo del tiempo, mientras Norma trabajaba intensamente en la búsqueda de justicia por el caso de su hija, fue víctima de dos atentados, los cuales a la fecha no han sido esclarecidos.

Por esas razones, la CoiDH obliga al gobierno mexicano a “continuar con las investigaciones de los hechos en contra de Lilia Alejandra García Andrade y Norma Andrade; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas; realizar diagnósticos normativos e institucionales en favor de una política integral en contra de la violencia de género y las desapariciones, así como mejorar la implementación y armonización del Protocolo Alba y tomar medidas en favor de la protección de los niños, niñas y adolescentes en situación de orfandad por el feminicidio de sus madres y de las madres de víctimas de feminicidio, entre otras”.

El caso de Ernestina Ascencio Rosario

Ernestina Ascencio Rosario era una mujer indígena náhuatl habitante de la Sierra Zongolica, en Veracruz, de 73 años, quien, el 25 de febrero de 2007 se encontraba pastoreando a un grupo de ovejas en la comunidad de Tetlatzinga, dentro de la serranía veracruzana, cuando, un grupo de militares asignados a la zona, instalados en el 63 Batallón de Infantería del Ejército la agredieron física y sexualmente, a escasos metros de las instalaciones castrenses. 

Lo anterior fue denunciado por ella misma a sus hijos después de que la encontraron tirada en las inmediaciones del campamento militar. Desafortunadamente, tras hallarla, pasaron más de 10 horas para que pudiera recibir atención médica, debido a que en el Hospital Regional de Río Blanco no contaban con traductores que la pudieran asistir. Un día después falleció como consecuencia de las lesiones. 

La primera autopsia fue realizada por personal de la entonces Procuraduría General de Justicia de Veracruz, el cual, determinó que Ascencio había sido víctima de violación sexual. Ante la situación, sus familiares denunciaron los hechos, y estos cobraron relevancia a nivel nacional. Como respuesta, el entonces titular del Ejecutivo federal, Felipe Calderón Hinojosa, comentó que la víctima falleció supuestamente por una “gastritis crónica”, y la investigación tomó ese curso, descartando la violencia sexual ejercida por los integrantes de las fuerzas armadas

Tras el análisis del caso, la CoIDH determinó el incumplimiento del estándar de debida diligencia reforzada exigible en casos de violencia sexual contra mujeres; en la investigación no se incorporaron las perspectivas de género, étnica ni etaria; esta fue cerrada prematuramente, sin haberse agotado las líneas de investigación necesarias, y se basó en motivos permeados por estereotipos étnicos; sus familiares enfrentaron barreras en el acceso a la justicia, desde lingüísticas hasta estructurales, derivadas de la presión para silenciarles por parte de algunas autoridades.

Y por ello, sentenció al Estado mexicano a “implementar distintas medidas de reparación, incluida una investigación penal exhaustiva y seria sobre la violación sexual, tortura y muerte de la señora Ernestina para identificar, procesar y sancionar a los responsables; brindar tratamiento médico, psicológico y/o psiquiátrico a los familiares; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; implementar programas de formación y capacitación para funcionarios públicos; fortalecer el Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa, y crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia, entre otras medidas”.

Las violencias contra las mujeres

Sin embargo, las cifras de feminicidio en la República Mexicana se han mantenido entre siete y 10 casos al día, según organizaciones de la sociedad civil, o casi dos por jornada, conforme a lo indicado en datos oficiales, por lo que la problemática sigue siendo considerable, más, ambas sentencias permiten establecer la gran responsabilidad de las autoridades en la comision de estos delitos ante su omisión e inacción.

Por lo que, uno de los siguientes pasos es garantizar que las autoridades de los tres niveles realmente trabajen en la prevención, la investigación y la sanción de las violencias contra las mujeres a fin de evitar casos como el de Lilia Alejandra o el de Ernestina. Mientras esto no se haga, el Estado mexicano continuará fallando a las mujeres

Leonardo Bastida

@leonardobastida