Nos encontramos en el desarrollo de un proceso electoral extraordinario inédito en nuestro país, por el que serán electas las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las magistraturas de la Sala Superior y Salar Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y magistraturas de Circuito y personas juzgadoras de Distrito.
Esta elección tiene distintos aspectos que la hacen una elección muy particular. De entrada, es la primera vez que se realiza un ejercicio de esta naturaleza en nuestro país, por lo mismo hay muchos aspectos que el Legislativo no consideró en la normativa electoral que las autoridades electorales han tenido que ir construyendo sobre la marcha.
Algunos ejemplos van desde la conformación de un marco geográfico electoral para la elección judicial, los criterios relativos a la distribución del tiempo en radio y televisión para este proceso electivo, la determinación del número de casillas seccionales que serán instaladas el día de la jornada electoral, entre otras.
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Un documento que el INE aprobó apenas el pasado 30 de enero son los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial Federal y Locales.
El proceso de fiscalización es un elemento fundamental de transparencia ya que busca transparentar el origen, monto, destino y correcta aplicación de los ingresos y egresos por parte de las personas candidatas involucradas en este proceso electoral.
Los principales actores inmersos en estos lineamientos son, por supuesto, las personas candidatas a juzgadoras, las personas físicas o jurídicas colectivas, las organizaciones de observación electoral, los partidos políticos, y las Agrupaciones Políticas Nacionales.
Los Lineamientos dejan claro qué no pueden hacer las personas candidatas a juzgadoras con el único objetivo de establecer, de acuerdo con diversas disposiciones constitucionales y legales, equidad en la contienda electoral para que la ciudadanía elija con libertad, a través de su voto, a quien tendrá la alta responsabilidad de ser jueza o juez.
Bajo este contexto, ¿qué no pueden hacer las personas candidatas a juzgadoras? Pues, más de lo que se imagina amable lector. Aquí enuncio las que considero más relevantes:
- No podrán acudir a actividades proselitistas organizadas por partidos políticos, coaliciones, personas aspirantes a candidaturas independientes, precandidaturas o candidatas de procesos electorales a cargos de ayuntamiento, alcaldías de la CDMX, diputaciones locales o federales, gubernaturas, jefatura de gobierno, senadurías o presidencia de la República.
- No podrán acudir a las asambleas que están realizando las organizaciones que pretender constituirse como partidos políticos nacionales, así como las que pretendan conformar una Agrupación Política Nacional.
- No podrán solicitar o recibir financiamiento público o privado, en dinero o especia, de manera directa o indirecta para sus campañas o de cualquier persona física o jurídica.
- No podrán contratar por sí o por interpósita persona espacios en radio y televisión, internet, pautado en redes sociales o cualquier otro medio de comunicación para la promoción de sus postulaciones.
- No podrán rebasar los topes de gastos de campaña que, en su oportunidad, determine el INE tanto para el ámbito federal como local.
Asimismo, las personas candidatas a juzgadoras pueden ser acreedores a infracciones por omitir registrar ingresos y gastos junto con la documentación comprobatoria, así como no presentar el informe único de gastos que deben integrar en un sistema informático diseñado de manera exclusiva por el INE para esta elección.
Visto lo anterior, ¿qué sanciones pueden ser aplicadas a las personas candidatas a juzgadoras? Pues desde una amonestación pública, multa de hasta cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, hasta la cancelación de su registro como persona candidata.
Así que, si usted estará en la competencia electoral para ser candidata a juzgadora, favor de abstenerse de cometer alguna falta a la normativa electoral o, como dicen las nuevas generaciones: no se vayan a pasar de lanza, que el INE los estará vigilando.