En la Nochebuena recibí una llamada que me estremeció de alegría cuando departía con mis familiares, pero al otro día, en plena Navidad un trabajador de plataformas digitales me comentaba con tristeza que la reforma que intentaba reconocer sus derechos laborales era un fraude.
Me explicaba que durante el periodo de prueba impuesto por la Secretaría del Trabajo, tan solo el 10.9% de sus compañeros habían sido reconocidos como trabajadores, a pesar de que el resto entregaba productos, mercancías o transportaban personas por mandato del algoritmo digital de manera subordinada.
Los dueños de las plataformas digitales se habían salido con la suya.
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Mi amigo, el trabajador del algoritmo, me comentó que compañeros suyos han sufrido accidentes en plena actividad laboral, pero al no alcanzar el ingreso requerido ni siquiera son atendidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social porque según el IMSS no son trabajadores y, por tanto, no se reconoce su riesgo de trabajo. Han tenido que acudir a hospitales privados y atenderse con sus propios recursos.
Es muy grave la existencia de un remedo de reforma laboral que borre el valor del trabajo de una persona, mujer u hombre, sea joven o mayor, y que sus trabajos a pesar de realizarse de manera subordinada para otra persona moral, que es la plataforma digital, estar conectada al servidor para atender de inmediato un llamado, hacer la entrega o realizar un servicio, y luego acudir al lugar de concentración para atender otro pedido, ni aun así se le reconozca como trabajador.
Este columnista es profesor en la Universidad Autónoma Metropolitana, en Azcapotzalco. No solo tengo seguridad social mientras imparto mis clases o realizo investigaciones, también cuando acudo a la Universidad o regreso de ella, cuando me encuentro realizando mis labores a distancia, sean cursos o conferencias, al caminar, ir al cine, redactar esta columna, e incluso al dormir o descansar. En ningún momento dejo de ser trabajador y, por tanto, de tener seguridad social en todo tiempo.
Sin embargo, mis amigos trabajadores de plataformas digitales solo tienen seguridad social parcialmente cuando reciben un pedido o realizan un servicio, y hasta cuando lo concluyen, que puede ser de tan solo unos minutos, además con la condición de obtener los ingresos que se detallan en el cuadro que se inserta en esta columna.
Nuestra legislación en materia de plataformas digitales se ha convertido en la más regresiva de América Latina. En Chile, por ejemplo, se considera la relación de trabajo durante todo el periodo en que el trabajador está conectado a la plataforma digital; en México, de manera inaudita y vergonzosa, no se considera ese tiempo de conexión como generador de derechos laborales.
En México, la relación laboral inicia desde la aceptación de la orden del pedido o del servicio para alcanzar una especie de contrato de trabajo, que será reconocido con la condición de obtener un ingreso igual al salario mínimo general neto, más el arbitrario porcentaje de exclusión que les han impuesto (Ver Cuadro).
Bajo este método tramposo han quedado fuera de la seguridad social 1 millón 337 mil 083 repartidores y conductores (89.1% del total) quienes no han logrado alcanzar ese ingreso neto, ni superar los altos porcentajes de exclusión, los cuales se modificaron y publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre pasado, y que siguen siendo altísimas barreras de rechazo de trabajadores (categorías A y B) favoreciendo en su lugar la imposición de contratos mercantiles (el trabajo como mercancía) regidos por las plataformas digitales:
Como se observa en el cuadro precedente, un trabajador del volante o repartidor necesita alcanzar un ingreso neto mínimo de 18 mil 428 pesos al mes para ser incluido en la seguridad social; el repartidor que utiliza una motocicleta necesita un ingreso neto mínimo de 14 mil 092 pesos al menos, mientras que un repartidor con una bicicleta necesita 9 mil 879 pesos mensuales.
Los trabajadores de plataformas digitales nunca conocerán las vacaciones pagadas por el patrón con el regresivo modelo laboral mexicano. Si quieren vacaciones serán a cuenta propia dejando de percibir todo tipo de ingreso si desean ejercer ese “derecho”.
El año de 2025 fue la consolidación de la Uberización de las relaciones laborales en México en todo su esplendor.
El incremento al salario mínimo previsto para 2026 hará aún más difícil que los trabajadores de plataformas digitales alcancen el umbral de ingresos requeridos para acceder a la seguridad social, obligándolos a prolongar su jornada de trabajo más allá de los límites establecidos por la Ley Federal del Trabajo y a estar forzados a una conexión continua sin paga alguna.
Esto es lo que nos deja el 2025, una desafortunada reforma laboral de plataformas digitales que extingue, anula, y acaba con el modelo protector de la legislación laboral que debe tener un sentido social y no el de favorecer al interés privado de las grandes compañías extranjeras de plataformas digitales.
