En nuestro sistema electoral para la integración de la Cámara de Diputadas y Diputados se cuenta con dos vías para acceder a una curul legislativa: el sistema de mayoría relativa y el de representación proporcional; en ambos la ciudadanía interviene a través de ejercer su derecho al voto.
El primero, se refiere a la votación que la ciudadanía realiza por alguna candidata, candidato o coalición y, quien obtenga el mayor número de votos obtiene el triunfo. Este principio deja fuera a quienes votaron por alguna otra opción política, así haya estado la elección muy cerrada. Como ejemplo, tenemos el resultado de la votación de la elección presidencial de 2006, en donde el candidato del PAN obtuvo un 35.89% de la votación por un 35.31% de los votos que obtuvo la entonces Coalición Por el Bien de Todos. El PAN obtuvo el triunfo.
La Cámara de Diputadas y Diputados, está conformada por 500 espacios legislativos, 300 diputaciones por mayoría relativa y 200 de representación proporcional, para el caso de la elección de las 300 diputaciones el país se divide en igual número de distritos electorales y, en cada uno de ellos gana quien obtiene la mayor votación.
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En tanto, el sistema de representación proporcional es un principio de elección que se basa en el porcentaje de los votos obtenidos por un partido político en una región determinada. Su objetivo es proteger la expresión de la ciudadanía que es considerada minoría política pero que, al final, son una expresión totalmente válida en la sociedad y merecen reconocimiento a través de sus representados.
Para la integración de los 200 espacios legislativos de la Cámara de Diputaciones el país se divide en 5 listas regionales denominadas circunscripciones plurinominales. En cada una de ellas son electos 40 diputaciones entre los partidos contendientes para que de la suma de las 5 circunscripciones resulten electos las y los 200 diputados federales.
La asignación de estas diputaciones se realiza de manera proporcional, es decir, de acuerdo con la fuerza de la votación obtenida. Aquí ganan todos de acuerdo con su votación; algunos más otros menos.
Sin embargo, la fórmula de asignación para el caso mexicano es compleja, basada en fórmulas matemáticas, el cociente natural y resto mayor, tema en el que el Legislativo deberá trabajar para conformar un método más amigable.
Ahora bien, ambos sistemas tienen sus bondades y críticas. En el de mayoría relativa no deja espacio a las minorías y el de representación proporcional, de acuerdo con la fórmula establecida puede sobrerrepresentar a una determinada fuerza política y subrepresentar a otra, desvirtuando la votación de la ciudadanía manifestada en las urnas.
¿Qué sistema es mejor? En mi opinión, ambos sistemas deben de subsistir. De hecho, la conformación actual de la Cámara de Diputaciones me parece óptima.
Lo que habría que modificar en las normas constitucionales y legales electorales es fijar un método de asignación en donde la composición legislativa, sea el reflejo más fiel de la votación obtenida por cada fuerza política.
En tanto esto no se modifique seguiremos viendo asignaciones de diputaciones en donde algunos partidos estarán sobrerrepresentados y otros subrepresentados.
Y debe quedar claro que el problema no está en las determinaciones que tomen los órganos electorales administrativos o los jurisdiccionales. El problema está en la normativa electoral y el único que puede enmendar esta distorsión de representatividad serán nuestras y nuestros próximos representantes populares.
Estaremos al pendiente de que hagan algo con este tema tan importante para que, a partir de 2027 se vea reflejado en la integración de la Cámara de Diputadas y Diputados una composición que refleje fielmente la voluntad del pueblo de México.