NOTARIOS PÚBLICOS

¿Los notarios son autoridad responsable en un juicio de amparo?

La Primera Sala de la SCJN estableció un criterio relevante al resolver que los notarios públicos no deben ser considerados autoridad responsable por la omisión de entrega de una escritura pública. | Ricardo Salgado Perrilliat

Escrito en OPINIÓN el

El juicio de amparo es un instrumento jurídico creado como medio de protección de los derechos contra posibles abusos por parte de las autoridades. Para efectos de la Ley de Amparo, los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos y cuyas funciones están determinadas por una norma general.

Para que los particulares sean considerados autoridad, sus actos u omisiones deben crear, modificar o extinguir situaciones jurídicas y estas se deben ser en ejercicio de funciones determinadas por una norma general.

Por eso, es esencial distinguir entre autoridades y particulares que puedan, en cierta medida, ser considerados como tal, para efectos del juicio de amparo.

Hace unas semanas, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(1)estableció un criterio relevante al resolver que los notarios públicos no deben ser considerados autoridad responsable por la omisión de entrega de una escritura pública. Esta decisión se basa en la naturaleza de la función notarial, que se centra en otorgar fe pública y formalizar actos jurídicos de las partes, sin constituir actos de autoridad en sentido estricto.

La labor del notario se limita a certificar los actos jurídicos voluntarios de las partes, sin participar en actos de autoridad. Aunque el notario tiene la obligación de autorizar y entregar escrituras públicas, su omisión no constituye un acto de autoridad susceptible de impugnarse mediante el juicio de amparo. Por ejemplo, al no otorgar un instrumento notarial, si bien puede llegar a causar diversas molestias a los ciudadanos, tal comportamiento no puede ni debe considerarse un acto de autoridad.

Esta decisión de la Corte fortalece el Estado de Derecho y proporciona certeza jurídica a los particulares. Sin embargo, es pertinente seguir analizando los criterios que emita la SCJN, para poder distinguir con claridad qué particulares deben ser considerados como autoridad responsable.

1.  https://sjfsemanal.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2028967

Ricardo Salgado Perrilliat

@rsperrilliat