NACIONAL MONTE DE PIEDAD EN HUELGA

En Nacional Monte de Piedad: el robo de la huelga

Es lamentable que juezas como la señora Karime Pérez Guzmán, encargada del caso Nacional Monte de Piedad, vean el ejercicio del derecho de huelga como un tema ortodoxo y burocrático, de aplicación obtusa. | Manuel Fuentes

Escrito en OPINIÓN el

Qué mal la pasaron los representantes de los patrones y trabajadores de Nacional Monte de Piedad la noche del 14 de febrero. En pleno día del amor y la amistad hubo desacuerdos, ceños fruncidos, caras largas, reclamos y hasta frustración por esa nueva justicia laboral que precipitó la declaración de una huelga que duele.

Quedó la sensación, esa noche del 14 de febrero, que la huelga no pertenece ya a los sindicatos ni a sus agremiados, sino a los patrones.

Fue inusitado que no fuera el sindicato quien declarara formalmente la huelga a quién pertenece ese derecho, sino por Karime Pérez Guzmán, la jueza laboral encargada del caso. 

La juzgadora, cerca de las 23:30 horas, media hora antes de la suspensión de labores, ante un silencio sepulcral de las personas presentes en la sala de juicios orales, anunció en Nacional Monte de Piedad el estallamiento de la huelga para el primer minuto del 15 de febrero.

El sindicato, e incluso el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, a través del conciliador y con el aval de su director general Alfredo Domínguez Marrufo, quienes se encontraban presentes en la sala de audiencias, solicitaron a la jueza autorizar prorrogar la huelga para tener un mayor espacio de tiempo para dialogar y evitar su estallamiento, en virtud del avance en más del 90% de los puntos pendientes.

Lo inusitado del caso es que fue la representación patronal quien se opuso a seguir negociando, expresando con esta acción preferir la huelga a buscar soluciones concertadas.  

El argumento patronal, para forzar a que la jueza Karime declarara la huelga, fue decir que a los representantes de los trabajadores les había fenecido su derecho a prorrogar hasta por 30 días el periodo de conciliación. Que después de ese plazo, para evitarla, se requería del consentimiento expreso de la institución emplazada.

Nacional Monte de Piedad cerró toda posibilidad, sin tener derecho a ello, para que la jueza otorgara unas horas más para mantener las pláticas conciliatorias y evitar, de esta manera, se colocaran las banderas rojinegras en las 305 sucursales de la institución.

La representación patronal le advirtió a la jueza, sorprendida por la severidad de este reclamo, que, de atreverse a aplazar la huelga sin su beneplácito, recurriría a los tribunales de amparo por ser un acto, según ella, arbitrario e infundado. Fue como decirle a la juzgadora: La huelga ahora es mía.

La jueza, en lugar de hacer valer su facultad de aplazar la huelga, como lo prevé la fracción V del artículo 927 de la Ley Federal del Trabajo, se dejó intimidar por los representantes del patrón. La disposición legal menciona:

“Después de emplazado el patrón, a petición del sindicato se podrá prorrogar o ampliar el período de prehuelga por una sola ocasión hasta por treinta días. Cuando se trate de empresas o instituciones que dependan de recursos públicos, se podrá prorrogar por un plazo mayor. Asimismo, podrán admitirse prórrogas adicionales cuando a criterio del Tribunal exista causa que lo justifique”.  

La facultad de prorrogar una huelga por parte del Tribunal, en este caso representado por la jueza Karime Pérez, ni siquiera requiere la conformidad de las partes. Es una decisión, buena o mala, concedida en la Ley Federal del Trabajo de manera especial, precisamente para evitar una huelga y estar por encima de las posiciones encontradas por las partes.

Contrario a su función de evitar el cierre de los centros de trabajo, la juzgadora declaró el estallamiento de la huelga, derecho que en su caso les corresponde a los sindicatos. Hizo oídos sordos a los representantes de los trabajadores para que se prorrogara la huelga, a pesar de tener posibilidades para ello.

Existían las justificaciones reales por el avance en la solución del conflicto y, además, la petición expresa sindical y de los conciliadores federales para contar con mayor tiempo a fin de solucionar el conflicto.

En cambio, la juzgadora se portó diligente a los reclamos de la representación patronal de que no se aceptara prórroga alguna. Lo increíble de este conflicto en Nacional Monte de Piedad fue que los patrones se comportaron como si el derecho de ejercer la huelga fuera de ellos y no de los trabajadores. Como diciendo: “la reforma laboral nos dio ese regalo”.

Al terminar la audiencia, quienes salieron sonrientes fueron los representantes patronales, mientras que los trabajadores desconcertados, que pedían que no se estallara la huelga y se continuaran las pláticas, se vieron forzados a cerrar su fuente de trabajo.

Es un contrariado aprendizaje de los jueces laborales de no entender que el derecho a ejercer o no la huelga es de los trabajadores y no de los patrones, y que darles la potestad para que los dueños del capital decidan sobre un derecho fundamental es anularlo en todas sus proporciones.

Es lamentable que juezas como la señora Karime vean el ejercicio del derecho de huelga como un tema ortodoxo y burocrático, de aplicación obtusa, como lo hizo antes con los trabajadores de Caminos y Puentes Federales al declarar que su régimen laboral era del apartado B del artículo 123 constitucional y no del A, y que tuvieron que pasar dos largos años para que la Corte le enmendara la plana.

Es grave que no se entienda que quienes defienden y sustentan la huelga son los trabajadores, y son estos quienes deben decidir sobre su declaración o no. Ni siquiera los dirigentes. Aquí el extremo fue que quien declaró la huelga, ante la negativa de los trabajadores a que estallara, fue la propia jueza.

Si bien es cierto que uno de los objetivos de la reforma laboral fue acabar con los chantajes de sujetos que usaban la violencia para estallar huelgas sin tener agremiados, también lo es que buscó fortalecer la negociación colectiva, y no anular a quién corresponde ejercer la huelga. Su estallamiento no sólo es potestad de los sindicatos y ahora, en la realidad, parece ocurrir todo lo contrario.

Estos primeros pasos de la reforma laboral deben ser motivo de una profunda reflexión para evitar que los derechos esenciales de los trabajadores sean motivo de retrocesos históricos.

Ahora es obligado preguntarnos: 

¿A quién le conviene la huelga en Nacional Monte de Piedad?

Manuel Fuentes 

@Manuel_FuentesM