Pateando el bote me encontré en el desván con 18 telarañas que complican entender el reciente incremento del 20% a los salarios mínimos generales (SMG) y profesionales que entrarán en vigor en 2024, todo con ayuda del economista Marcos Fuentes Muñiz:
1. El aumento del 20% al Salario Mínimo General Diario (SMG) de $248.93 aún está por debajo de los $576.95 diarios que representa en términos reales el valor de la Línea de Pobreza Urbana por Ingresos (LPUI) de acuerdo con CONEVAL, para una familia de cuatro personas.
2. En la Zona Libre de la Frontera Norte, el SMG con el incremento del 20% alcanzará los $374.89 diarios, que cubriría apenas el 65% de la LPUI, este supuesto se lograría si al menos dos personas de una misma familia trabajaran para cubrir sus necesidades básicas.
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3. La CONASAMI estima que los incrementos beneficiarán a 8.9 millones trabajadores, que representan el 39.71% del total inscritos en el IMSS que, al cierre del 30 de noviembre de 2023, eran 22 millones, 409 mil, 268 personas. De ser cierta esta cifra, resulta preocupante el alto porcentaje de quienes reciben SMG.
4. El INEGI en el tercer trimestre de 2023, da otros datos, al reportar 12 millones, 569 mil, 706 personas trabajadoras con ingresos de hasta un salario mínimo, que representa el 31.1% del personal subordinado y remunerado registrado.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/enoent/enoent2023_11.pdf
5. Actualmente hay 62.36% de trabajadores subordinados que ganan un poco más de 1 a 2 SMG del 2023, que representan 13.8 millones de afiliados al IMSS, quienes no se beneficiarán de este incremento y que prácticamente ya fueron alcanzados por aquellos que perciben hasta un salario mínimo general.
6. Los aumentos a los SMG que en este sexenio son del 110% no alcanzan los incrementos otorgados en 1976, que representaron un 41% más, en términos reales.
7. El incremento real sostenido del salario mínimo anual ha traído efectos inflacionarios mínimos en este periodo; los costos laborales causados por incrementar el SMG en 2023 fueron solamente del 1.78%, según la CONASAMI. Cifras a revisar.
8. Los incrementos a los SMG no tienen repercusiones sobre las negociaciones de las revisiones salariales del sector formal, apenas en promedio una cuarta parte.
9. El incremento a los salarios mínimos en este periodo sexenal no ha impactado negativamente en el nivel del número de empleados.
10. La distancia existente entre los salarios mínimos generales (SMG) y los profesionales (SMP) se ha cerrado drásticamente con el paso de los años. Incluso en la Frontera Norte no hay diferencia alguna con ellos.
11. Diez de los oficios profesionales (16% del total) tienen una diferencia menor a 10 pesos diarios sobre al SMG 2024, en el que se incluyen a los dependientes de mostrador de boticas, farmacias y droguerías, recamareras en hoteles y moteles, costureras en confección de ropa en talleres o fábricas, entre otros.
12. Los salarios mínimos profesionales de otros 12 oficios (19.7%) tienen una diferencia de 10 a 20 pesos sobre el SMG 2024, entre los que se encuentran cantineros, costureras en trabajos a domicilio, dependientes de ferreterías y tlapalerías,
13. Hay una política deliberada de los empresarios del país en pagar muy bajos salarios, cercanos al salario mínimo o dentro de ella, en donde su prioridad es la de disminuir sus costos laborales y tener competitividad ante sus competidores. (dumping salarial).
14. También los informales tendrían dificultades de acceder a estos incrementos salariales. Se tiene registrado al segundo trimestre de 2023 una población de 32 millones de personas con empleos irregulares en edades de 15 años o más, que representan el 55.23% del total de los ocupados en este país (58.5 millones de trabajadores).
15. Contradictoriamente a los incrementos a los SMG hay una política de topes salariales tanto en el sector público como en el privado que empobrece a la mayoría de los trabajadores.
16. Los artículos 1003 y 1004 de la Ley Federal del Trabajo establecen penas de prisión de 6 meses a 4 años con multas de hasta 3 mil 200 UMAS a quienes no cubran el SMG de sus trabajadores.
17. Hay una violación generalizada en las pequeñas y medianas empresas de no cubrir los incrementos a los SMG.
18. Hay ausencia de inspectores de trabajo para vigilar el cumplimiento a los incrementos a los salarios mínimos generales y profesionales.