Un tribunal concedió una suspensión para evitar la entrega de datos biométricos como requisito para registrar dos líneas telefónicas móviles.
El asunto surgió a partir de un juicio de amparo promovido contra una empresa de telefonía que solicitó huellas dactilares o la tramitación de una CURP biométrica para completar el registro de líneas móviles.
Durante la resolución, el tribunal argumentó que el usuario ya proporcionó huellas dactilares para registrar algunas líneas, aún existían dos números sin registrar. Los magistrados recibieron la impugnación de un particular al que un juez federal negó la suspensión y dieron la razón al ciudadano al considerar que no se afecta ni el interés público ni el interés social ya que la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones precisó que no se solicitarían datos biométricos.
El magistrado Isidro Muñoz explicó que el propio sitio web de la CRT informa que para asociar cada línea a una CURP para identificar y suspender las líneas anónimas que son usadas para delitos como fraude, extorsión o secuestro virtual, “solo se necesita la credencial del Instituto Nacional Electoral”.
El proyecto analizó si procedía conceder una medida cautelar contra la obligación de proporcionar datos biométricos para el registro telefónico. El tribunal concluyó que sí era procedente otorgarla mientras continúa el análisis del fondo del juicio.

Faltan 84 millones de líneas
A menos de 15 días de que termine el plazo fatal para que en México, los usuarios de telefonía celular vinculen sus datos personales al registro de sus móviles, todavía faltan 84 millones de aparatos que se vinculen, según información de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
Al cierre del 15 de junio, la autoridad reguladora tiene registrados 60 millones 255 mil 621 líneas de móviles por los operadores de telecomunicaciones. La CRT tiene un registro de 144 millones de líneas telefónicas activas en México.
Ante esa situación, expertos en telecomunicaciones consideran que la desactivación de líneas va a ser "catastrófico".
En entrevista con La Silla Rota, Jorge Bravo, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), enfatizó que, a partir del 1 de julio, para muchos va a ser catastrófico.
"Yo creo que es claramente catastrófico por los resultados que está teniendo la regulación. En primera, es una imposición el registro. No porque no sea útil, sino porque ya antes se ha declarado incluso inconstitucional; porque la campaña de comunicación en medios electrónicos empezó tarde; porque llevan apenas 60 millones y porque tenemos derecho de acceso a las tecnologías de la información y están colocando por encima la seguridad al resto de los derechos cuando todos tienen el mismo valor", expuso.
Contexto: a inicio de junio, La Silla Rota entrevistó a Lourdes Margarita Santaolalla Fernández, Directora General de Supervisión del Cumplimiento de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, quien afirmó que se alcanzará la meta de registrar 92 millones de líneas telefónicas durante junio, adicionales a las ya registradas, pese al avance lento del programa; además de que la autoridad no contempla una prórroga, por lo que quien no cumpla será desconectado temporalmente.
Estrés tecnológico
El presidente de la Amedi dijo que, entre menos días falten para hacer el registro, más estrés van a tener las plataformas. La fecha falta es el próximo 30 de junio.
"Es como en una fila, pues si ya nada más te quedan unos días, pues va a haber más personas, eso estresa también la tecnología. Si hay personas quizá muy típico del mexicano que quieren hacerlo todo de última hora, se puede encontrar con que hay tráfico digital, hay una congestión digital en las plataformas y eso no es lo óptimo", enfatizó.
Añadió que si ocurre la desactivación de líneas telefónicas, es un resultado sumamente indeseable del gobierno, de la autoridad, de los operadores que tienen un negocio y del usuario que paga por tener un servicio.
No afecta interés social
En la determinación emitida por un tribunal federal, el magistrado Isidro Muñoz señaló que la suspensión no afecta el orden público ni el interés social y que, de manera preliminar, existen elementos para examinar la legalidad de la exigencia planteada por la empresa de telefonía.
En el hilo publicado por el magistrado Isidro Muñoz, se indicó que la persona promovente sostuvo que la compañía telefónica condicionó el registro de una de sus líneas a la captura de huella digital y a la realización de una prueba de vida. Según la exposición del caso, esos procedimientos derivan de mecanismos implementados por la empresa tras la reforma a la Ley General de Población relacionada con la CURP.
El tribunal también señaló que la recopilación de datos biométricos involucra información vinculada con la identidad de las personas. Por ello, expuso que este tipo de medidas requiere una revisión sobre su necesidad, proporcionalidad y sustento legal.
De manera preliminar, los magistrados consideraron que no identificaron una justificación jurídica para exigir datos biométricos durante el registro de la línea telefónica.
Resolución sobre el registro telefónico
De acuerdo con la explicación difundida por el magistrado Isidro Muñoz, la decisión tomó en cuenta disposiciones emitidas por la CRT, organismo que sustituyó al Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Según el tribunal, la propia CRT estableció que para el registro de líneas telefónicas no se requiere la entrega de datos biométricos. Además, habilitó mecanismos digitales para realizar el trámite mediante la presentación de una identificación oficial vigente.
La resolución también refiere que, dentro de la información publicada por la comisión, se precisa que el procedimiento no contempla el almacenamiento ni la solicitud de huellas digitales, iris u otros datos biométricos.
En ese contexto, los magistrados señalaron que, de manera preliminar, no identificaron una justificación jurídica para que una empresa de telefonía exija datos biométricos o una CURP biométrica como condición para registrar una línea móvil.
La suspensión concedida beneficia únicamente a la persona que promovió el amparo y permanecerá vigente mientras se desarrolla el procedimiento judicial correspondiente.
¿Prórroga?
Cuestionado sobre si hay tiempo para una prórroga, Jorge Bravo dijo que la autoridad debería de ser más inteligente y flexible.
"Por ejemplo, hay prórrogas para las consultas públicas, hay prórrogas a veces en licitaciones en algunos trámites. Este, ¿por qué no? Pues porque la intención original siempre fue el control, siempre fue tener los datos de los usuarios", enfatizó.
Además, destacó que no está demostrado que se va a acabar la extorsión o el fraude, pero lo que sí está demostrado es que van a tener el control relativo.
"Y eso es lo que quieren hasta el momento. Sin embargo, yo creo que hay que esperar hasta el último instante para saber si cambian de decisión", dijo.
Contexto del registro de usuarios móviles
El caso se desarrolla en paralelo a la implementación del registro nacional de usuarios de telefonía móvil. El 1 de septiembre de 2025, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), junto con Telcel, AT&T, Movistar, Bait y Altán, inició una prueba piloto para identificar a los titulares de líneas celulares.
Ese programa antecedió a la aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establecieron la vinculación de líneas telefónicas con la Clave Única de Registro de Población (CURP).
El 9 de enero de 2026 comenzó formalmente el proceso de registro de líneas móviles activas en el país. Las autoridades establecieron un plazo que concluye el 30 de junio de 2026 para completar la asociación de los números telefónicos con la CURP correspondiente.
De acuerdo con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, las empresas telefónicas son responsables de resguardar la información de los usuarios. Autoridades federales y funcionarios de la ATDT señalaron en distintas ocasiones que el registro no contempla el almacenamiento de datos biométricos.
Las compañías también habilitaron modalidades presenciales y remotas para realizar el trámite, mientras que la CRT lanzó en abril de 2026 una campaña nacional para acelerar el registro de líneas antes de la fecha límite.
Antecedentes judiciales recientes
El tema ya llegó a distintos tribunales federales. En marzo de 2026, un Tribunal Colegiado confirmó una suspensión provisional que impidió obligar a un ciudadano a entregar datos biométricos para incorporarlos a la Plataforma Única de Identidad mientras se resuelve el fondo de un juicio de amparo.
Días después, otro tribunal analizó un caso relacionado con la vinculación de datos biométricos y el registro de telefonía móvil. En ese asunto se discutió la procedencia de medidas cautelares frente a las disposiciones impugnadas.
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La nueva resolución difundida por el magistrado Isidro Muñoz se suma a esos litigios y se enfoca específicamente en la exigencia de huellas dactilares o CURP biométrica para registrar líneas telefónicas.
El juicio principal continuará en tribunales federales, donde se determinará si las disposiciones impugnadas se ajustan o no al marco constitucional aplicable.
Mientras se emite una sentencia definitiva, la persona que promovió el amparo podrá registrar las líneas involucradas sin entregar datos biométricos, conforme a los alcances de la suspensión concedida.
VGB