JUSTICIA AL FINAL DEL TÚNEL

Tenía estudios, hablaba español y tenía abogado: aun así un tribunal ordenó repetir su juicio

Un Tribunal Colegiado ordenó repetir un juicio de amparo por no garantizar los derechos de una persona indígena durante el proceso; mientras la resolución fortalece estas protecciones, especialistas también advierten retos para su aplicación en los tribunales

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El conductor de un taxi que vive en Toluca terminó la preparatoria, estudia la carrera de mercadotecnia en la universidad, habla español y tiene dinero para pagar su propio abogado fue sentenciado por un delito, por el que presentó un juicio de amparo. Durante ese proceso, informó al juez que se reconocía como persona indígena.

Sin embargo, el juez de Distrito consideró que no era necesario asignarle un defensor especializado ni un representante con conocimientos sobre su lengua y cultura. Su decisión se basó en que el hombre hablaba español, tenía estudios, trabajaba en la ciudad y ya contaba con un abogado.

Pero, al momento de revisar el caso, un Tribunal Colegiado concluyó que esa decisión vulneró sus derechos y ordenó que el juicio de amparo se repitiera desde el inicio.

Aunque la resolución busca garantizar los derechos humanos de las personas indígenas, algunos especialistas en derecho consideran que este tipo de criterios también abre un debate sobre su aplicación práctica.

El debate sobre los alcances de la protección a los pueblos indígenas

Entre las preocupaciones que plantean se encuentra el riesgo de que algunas personas invoquen su identidad indígena cuando un juicio ya está avanzado con el propósito de obtener la reposición del procedimiento.

También señalan que el Estado cuenta con un número limitado de intérpretes y recursos para brindar este tipo de apoyo, por lo que una mayor demanda podría afectar la atención de comunidades donde existen barreras lingüísticas más marcadas.

Aunado a eso, cuando un tribunal ordena reponer un procedimiento, las autoridades deben volver a realizar parte del trabajo ya hecho. De acuerdo con información operativa del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), cuando un procedimiento debe repetirse, las autoridades deben destinar nuevamente recursos humanos y financieros para tramitar el mismo expediente.

Otro riesgo es que, si alguien con preparación usa estos recursos, podría perder la confianza en las leyes de protección al hacerlas parecer “privilegios” o vacíos legales para evadir la justicia.

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¿Por qué se ordenó repetir el juicio?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación sostiene que la identidad indígena no desaparece porque una persona estudie, trabaje en una ciudad o hable español. Bajo ese criterio, la protección constitucional se sustenta en:

La comprensión del proceso judicial

Hablar español no siempre significa comprender el lenguaje utilizado en los tribunales.

Los términos jurídicos pueden ser difíciles incluso para personas con estudios, por lo que la asistencia especializada busca garantizar que quien enfrenta un proceso entienda plenamente lo que ocurre.

El derecho a una defensa culturalmente adecuada

El artículo 2 de la Constitución reconoce el derecho de las personas indígenas a contar con defensores que conozcan no solo su lengua, sino también su cultura, para asegurar una defensa adecuada.

Estos conocimientos no suelen formar parte de la preparación de un abogado particular.

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¿Cómo evita la autoridad posibles abusos?

En los casos penales, la Suprema Corte considera que, cuando una persona dice pertenecer a un pueblo indígena, esa declaración puede ser suficiente para que las autoridades le garanticen los derechos y protecciones especiales que establece la ley durante el juicio.

En cambio, cuando se trata de cargos de elección popular, el Tribunal Electoral exige la llamada autoadscripción calificada, mediante la cual los aspirantes deben demostrar con pruebas su vínculo real con la comunidad indígena a la que dicen pertenecer.

JL