DATOS BIOMÉTRICOS

CURP biométrica: tribunal propone redefinir la privacidad como derecho humano

La biometría utilizada por las autoridades puede generar nuevos desafíos técnicos, dilemas éticos y retos jurídicos que exceden los mecanismos tradicionales de protección, como el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Créditos: Cuartoscuro / Ilustrativa
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Un tribunal federal concedió una suspensión provisional a una persona que solicitó protección ante la exigencia de que entregue sus datos biométricos a las autoridades; los magistrados sostuvieron que el derecho humano a la privacidad debe reinterpretarse ante los desafíos técnicos y retos jurídicos que plantea el uso de la biometría por parte de las autoridades.

En una tesis aislada publicada por el Semanario Judicial de la Federación, el órgano jurisdiccional propuso reconocer la "soberanía digital personal" como un componente de la autodeterminación informativa para fortalecer la protección de las personas frente a las nuevas tecnologías.

El criterio, emitido por el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, deriva de un recurso relacionado con un juicio de amparo promovido contra el artículo 91 Bis de la Ley General de Población, incorporado mediante decreto publicado el 16 de julio de 2025.

Dicha disposición prevé la creación de la CURP biométrica como documento nacional de identidad obligatorio, así como el tratamiento de datos biométricos para integrar una Plataforma Única de Identidad.

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De acuerdo con los antecedentes del caso, una persona solicitó un amparo indirecto contra esa disposición legal y obtuvo una suspensión provisional. Posteriormente, la autoridad responsable impugnó esa determinación mediante un recurso de queja, lo que dio origen al criterio emitido por el tribunal colegiado.

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En la tesis, los magistrados consideran que el derecho a la autodeterminación informativa, como parte del derecho a la privacidad, protege la dignidad, la autonomía y la libertad de las personas al impedir el uso indebido de su información personal.

Sin embargo, advierten que la explotación de datos biométricos presenta riesgos distintos a los de otros datos personales debido a que estos son únicos, permanentes e inmutables.

Los desafíos de la biometría

El tribunal señala que la biometría utilizada por las autoridades puede generar nuevos desafíos técnicos, dilemas éticos y retos jurídicos que exceden los mecanismos tradicionales de protección, como el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO).

Por ello, sostiene que resulta necesario ampliar las salvaguardas para garantizar un control efectivo de las personas sobre su identidad biológica y conductual.

Asimismo, la resolución advierte que el monitoreo biométrico podría facilitar formas de vigilancia sin precedentes con repercusiones en el ejercicio de diversos derechos humanos. Entre los riesgos mencionados se encuentran posibles afectaciones a la vida privada, la seguridad, la integridad y la participación de la ciudadanía en la vida política y social, derivadas del uso intensivo de información biométrica.

Bajo esa perspectiva, el tribunal concluye que la protección de la privacidad debe evolucionar hacia el reconocimiento de una "soberanía digital personal", entendida como un derecho humano emergente que permita enfrentar los riesgos asociados con la recopilación y explotación de datos biométricos tanto en espacios físicos como digitales.

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