EUTANASIA

SCJN analizará si prohibición de la eutanasia vulnera derechos de los ciudadanos

Una mujer con cáncer que ha atendido a pacientes con males terminales impugnó normas que prohíben la eutanasia; el Pleno revisará si esas restricciones afectan derechos como la autonomía personal y el libre desarrollo de la personalidad

SCJN analizará si prohibición de la eutanasia vulnera derechos de los ciudadanos
SCJN analizará si prohibición de la eutanasia vulnera derechos de los ciudadanosCréditos: Especial | LSR
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Una mujer con experiencia en tanatología, que ha asistido a familiares aquejados por el cáncer y que actualmente recibe tratamiento contra esa enfermedad, promovió un amparo contra las leyes que prohíben la eutanasia y y establecen que la única forma jurídicamente válida es la “muerte natural”.

La terapeuta que promovió el juicio ha recibido dos diagnósticos de cáncer de mama y actualmente recibe tratamiento médico; su cercanía con el desarrollo de la enfermedad y el sufrimiento personas con enfermedades terminales de quienes la padecen la llevó a objetar la legislación vigente.

Según los argumentos expuestos ante el Pleno, la persona que solicitó el amparo sostiene que esas restricciones limitan la posibilidad de decidir de manera autónoma cómo y cuándo concluir su vida en caso de enfrentar condiciones de sufrimiento derivadas de una enfermedad grave.

La mujer impugnó disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal de la Ciudad de México que sancionan la eutanasia y la asistencia al suicidio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió este miércoles si las leyes son contrarias al derecho a la autonomía y al libre desarrollo de la personalidad consagrados en la Constitución y por votación mayoritaria decidió que debe analizar el caso por su trascendencia e implicaciones.

La (SCJN) analizará las normas que prohíben la eutanasia y la asistencia médica para morir y establecerá si son compatibles con la Constitución.

La decisión no modifica la legislación vigente ni legaliza la eutanasia en México. El acuerdo únicamente permite que el máximo tribunal estudie el fondo del asunto y determine si las disposiciones impugnadas afectan derechos constitucionales.

Durante la sesión, varios ministros señalaron que el caso plantea cuestiones relacionadas con la autonomía personal, el derecho a decidir sobre el propio proyecto de vida y el alcance de las restricciones previstas en la legislación sanitaria y penal.

Contexto:

Si un asunto es de gran interés y trascendencia la Corte tiene el criterio de reasumir reasumir su competencia originaria para dictar sentencia directa. El criterio se adoptó mediante el acuerdo 4/2025.

¿Qué analizará la Corte?

Al explicar las razones para atraer el caso, el ministro Giovanni Figueroa indicó que la Corte tendrá la oportunidad de determinar si la quejosa cuenta con interés legítimo para impugnar las normas cuestionadas.

Además, el tribunal deberá definir si las disposiciones legales que impiden el acceso a procedimientos de muerte asistida inciden en el ejercicio de derechos relacionados con la autodeterminación personal.

"Este Tribunal Pleno tendría la oportunidad de determinar si la quejosa cuenta con interés legítimo para combatir diversas disposiciones normativas generales (...) y si tales normas inciden en el ejercicio de su derecho a decidir, de manera autónoma, sobre el final de su vida", señaló el ministro durante la discusión.

Por su parte, el ministro Irving Espinosa explicó que la demanda cuestiona tanto las disposiciones sanitarias relacionadas con pacientes terminales y cuidados paliativos como los tipos penales que sancionan la eutanasia y la asistencia al suicidio.

El ministro Arístides Guerrero señaló que la eutanasia actualmente se encuentra prohibida por la Ley General de Salud, circunstancia que, a su juicio, justifica que la Suprema Corte conozca directamente del asunto.

La eutanasia sigue prohibida

Durante la discusión, los ministros subrayaron que la votación se limitó a decidir si la Corte debía asumir el estudio del caso.

El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, precisó que el debate sobre la constitucionalidad de las normas ocurrirá en una etapa posterior.

"Solamente estamos decidiendo si la Corte ahora atrae o reasume competencia en este caso concreto y más adelante habremos de analizar a profundidad la temática", afirmó.

Con esta decisión, el máximo tribunal abrirá un análisis sobre los alcances constitucionales de las disposiciones que actualmente prohíben la eutanasia en México.

Una vez que el asunto llegue a discusión de fondo, los ministros deberán resolver si las restricciones previstas en la legislación sanitaria y penal son compatibles con derechos protegidos por la Constitución o si afectan principios como la autonomía individual y el libre desarrollo de la personalidad.

El contexto legal: la prohibición absoluta en México

Para entender el alcance del debate que abrirá la Suprema Corte, es necesario contrastar el caso con el marco jurídico actual. En México, la eutanasia y el suicidio asistido están estrictamente prohibidos y tipificados como delitos.

El principal obstáculo legal se encuentra en la Ley General de Salud, la cual en su Artículo 166 Bis 21 señala textualmente:

"Queda prohibida, la práctica de la eutanasia, entendida como homicidio por piedad así como el suicidio asistido conforme lo señala el Código Penal Federal, bajo el amparo de esta ley."

Actualmente, la única alternativa legal para los pacientes en etapa terminal es la Ley de Voluntad Anticipada (vigente en la Ciudad de México y otros 16 estados). Sin embargo, esta norma solo regula la ortotanasia; es decir, permite suspender tratamientos médicos que prolonguen artificialmente la vida de forma dolorosa, pero prohíbe explícitamente cualquier acción activa por parte del personal médico para acelerar el fallecimiento del paciente.

Datos duros: El clamor social por una muerte digna

A pesar de las restricciones de la ley, la percepción de la sociedad mexicana ha cambiado drásticamente en los últimos años, mostrando un respaldo mayoritario hacia la legalización de estos procedimientos:

Aceptación mayoritaria: Según las encuestas más recientes de la organización Por el Derecho a Morir con Dignidad (DMD), el 73% de los mexicanos se declara a favor de que se legalice la eutanasia o el suicidio asistido para personas con enfermedades terminales o sufrimiento intolerable.

Falta de acceso a cuidados paliativos: El debate se intensifica debido a las carencias del sistema público de salud. Datos epidemiológicos nacionales estiman que menos del 5% de los pacientes que requieren cuidados paliativos avanzados en el país tienen acceso real a ellos, lo que deja a miles de personas en condiciones de dolor crónico severo.

La exigencia de los pacientes: Diversas investigaciones y testimonios de organizaciones civiles revelan un clamor constante por parte de enfermos crónicos que denuncian "peregrinaciones interminables" y desabasto en las clínicas del dolor. Para muchos de ellos, la actual opción de suspender tratamientos resulta insuficiente y los condena a agonías prolongadas, justificando la necesidad de que la justicia mexicana evalúe la eutanasia como un derecho a la autonomía y la compasión.

VGB