Si ya cumpliste 55 años y estás pensando en jubilarte, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) te permite hacerlo a través del retiro anticipado, bajo el régimen de la Ley 97, siempre y cuando cumplas con algunos requisitos.
Recuerda, el sistema de pensiones del IMSS se divide en dos grandes regímenes. La Ley 73, que aplica a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, mientras que la Ley 97 corresponde a quienes iniciaron su vida formal a partir de esa fecha.
Para acceder al retiro anticipado, debes estar en la Ley 97, y cumplir con las siguientes condiciones:
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- Contar con al menos 1,000 semanas cotizadas en el Régimen Obligatorio.
- Tener un saldo suficiente en la AFORE para contratar una renta vitalicia.
- El monto de la pensión debe ser, como mínimo, 30% superior a la Pensión Garantizada que otorga el Gobierno Federal.
- Contar con recursos para cubrir la prima del Seguro de Sobrevivencia.
- Tener baja definitiva ante el IMSS, es decir, no estar trabajando formalmente al momento del trámite.
Si cumples con los requisitos, deberás presentar identificación oficial, acta de nacimiento, estado de cuenta de la AFORE y una cuenta bancaria con CLABE.
Una vez que el trámite es aceptado, el IMSS emite una oferta de pensión donde el asegurado elige la aseguradora que administrará la pensión de por vida, por lo que el monto mensual dependerá totalmente del dinero que tengas ahorrado en tu Afore.
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¿Qué pasa si estás en la Ley 73 del IMSS?
En el caso de la Ley 73, el esquema es diferente.
La edad mínima de retiro es de 60 años bajo la modalidad de cesantía en edad avanzada, mientras que a los 65 años se puede acceder al 100% de la pensión por vejez.
Este régimen requiere tener al menos 500 semanas cotizadas y el cálculo se realiza con base en el promedio salarial de las últimas 250 semanas.
A diferencia de la Ley 97, en este sistema la pensión es pagada por el Gobierno Federal a través del IMSS, mientras que los recursos acumulados en la Afore se entregan en una sola exhibición.
Jubilarse a los 55 años sí es posible, pero solo bajo condiciones muy específicas en donde más que la edad, es necesario tener un nivel de ahorro suficiente en tu Afore para financiar tu pensión de por vida.
Para los trabajadores, entender la diferencia entre Ley 73 y Ley 97 del IMSS es clave para planificar su retiro y optimizar su pensión en el futuro.
