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SCJN ratifica que trabajo doméstico y de cuidados debe compensarse económicamente tras divorcio

La Suprema Corte de Justicia de la Nación reiteró que las labores domésticas y de cuidados realizadas durante matrimonio o concubinato pueden dar derecho a una compensación económica en caso de divorcio; ya que reconoce el impacto laboral y financiero que estas responsabilidades generan

El pronunciamiento, difundido en el marco del Día Internacional de la Mujer (8M), retoma los criterios establecidos en el documento “Apuntes sobre igualdad de género'
El pronunciamiento, difundido en el marco del Día Internacional de la Mujer (8M), retoma los criterios establecidos en el documento “Apuntes sobre igualdad de género"Créditos: SCJN
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación reafirmó que las labores domésticas y de cuidado realizadas dentro de una relación de matrimonio o concubinato pueden generar derecho a una compensación económica en caso de divorcio o separación.

El pronunciamiento, difundido en el marco del Día Internacional de la Mujer (8M), retoma los criterios establecidos en el documento “Apuntes sobre igualdad de género. Compensación económica”, donde el máximo tribunal señala que el trabajo no remunerado en el hogar tiene un impacto económico que debe ser reconocido por la justicia.

El criterio busca proteger principalmente a personas que dedicaron gran parte de su tiempo al cuidado del hogar, de hijas e hijos o de familiares dependientes, lo que en muchos casos limitó su desarrollo profesional o sus oportunidades laborales.

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El “costo de oportunidad”, clave para solicitar la compensación

Según explica la Suprema Corte, uno de los elementos centrales para solicitar este tipo de compensación es demostrar que durante la relación una persona asumió un “costo de oportunidad”.

Esto significa que la persona dejó de desarrollar plenamente su carrera laboral o redujo sus posibilidades de obtener ingresos porque se dedicó de forma prioritaria al trabajo doméstico o de cuidados.

“El punto esencial por probar en la solicitud de una compensación económica es que la parte que la solicita asumió un costo de oportunidad durante la relación”, señala el documento elaborado por el tribunal.

De esta forma, la justicia reconoce que las tareas del hogar no solo tienen un valor social, sino también consecuencias económicas reales en la vida de quien las realiza.

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Las tareas del hogar que pueden justificar el pago

El criterio del máximo tribunal también detalla que el trabajo doméstico incluye diversas actividades que suelen permanecer invisibles, pero que resultan esenciales para el funcionamiento de las familias.

Entre ellas se encuentran la preparación de alimentos, la limpieza del hogar, la organización de la economía familiar y la crianza y educación de hijas e hijos.

Asimismo, se considera el cuidado de personas con discapacidad, adultos mayores u otros familiares que requieren asistencia cotidiana.

Estas labores abarcan desde actividades básicas como hacer compras o acompañar tareas escolares, hasta responsabilidades más complejas como administrar gastos del hogar o brindar apoyo emocional a los integrantes de la familia.

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Las pruebas que pueden presentarse ante los tribunales

La Suprema Corte reconoce que demostrar el trabajo doméstico puede resultar complicado, ya que muchas decisiones familiares se toman en privado y no suelen dejar evidencia documental.

Por ello, los jueces pueden analizar diversos medios de prueba, como testimonios de familiares o conocidos, estados de cuenta, facturas o incluso estudios y estadísticas que ayuden a acreditar la distribución de tareas dentro del hogar.

Además, el tribunal subraya que los casos deben analizarse con perspectiva de igualdad de género, considerando que históricamente las mujeres han asumido una mayor carga en las labores domésticas y de cuidado.

Con este criterio, la Suprema Corte busca que el sistema judicial reconozca el valor del trabajo no remunerado y garantice mayor justicia económica para quienes sostuvieron el funcionamiento del hogar durante una relación.