PENSIONES DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS

Senado aprueba tope a pensiones millonarias de servidores públicos

El Senado aprobó una reforma al artículo 127 que fija un límite a las pensiones de exfuncionarios; el monto máximo será la mitad del salario presidencial y aplicará a dependencias federales, estatales y municipales

Senado aprueba tope a pensiones millonarias de servidores públicos
Senado aprueba tope a pensiones millonarias de servidores públicosCréditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIÓN el

El pleno del Senado de la República aprobó este 11 de marzo de 2026 una reforma constitucional que fija un límite a las pensiones de servidores públicos. El cambio modifica el artículo 127 de la Constitución y establece un nuevo parámetro para los pagos de retiro financiados con recursos públicos.

La reforma establece que ningún haber de retiro podrá superar la mitad de la remuneración asignada a la Presidencia de la República dentro del presupuesto anual. El nuevo criterio se aplicará a pensiones financiadas con recursos del erario en los distintos niveles de gobierno.

El dictamen aprobado también incluye a personal de confianza en organismos descentralizados, empresas del Estado, fideicomisos públicos y sociedades nacionales de crédito. Las disposiciones alcanzan tanto al ámbito federal como a entidades federativas y municipios.

La iniciativa forma parte del paquete legislativo impulsado por la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, que promueve cambios en el sistema de remuneraciones dentro del sector público.

Aplicación del nuevo límite

El decreto establece que el tope a las pensiones también se aplicará a pagos de retiro vigentes en instituciones públicas. Las dependencias deberán revisar los montos actuales para determinar si superan el límite fijado en la reforma constitucional.

Las instituciones que administran sistemas de jubilación deberán recalcular las pensiones que excedan el nuevo parámetro. El ajuste se realizará conforme a las disposiciones incluidas en los artículos transitorios del decreto.

La reforma obliga a organismos públicos a modificar normas internas y esquemas administrativos relacionados con el pago de pensiones. Las autoridades responsables deberán revisar reglamentos, contratos y disposiciones financieras vinculadas con estos beneficios.

Las entidades federativas y los municipios también deberán ajustar sus marcos legales para cumplir con el nuevo límite constitucional.

Sectores excluidos del tope

El texto aprobado establece excepciones para determinados sistemas de retiro. Las pensiones de las Fuerzas Armadas de México quedan fuera del límite establecido en la reforma.

También se excluyen los sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales que incluyen aportaciones voluntarias realizadas por los trabajadores. En estos casos, el monto final depende de los recursos acumulados durante la vida laboral.

El decreto precisa que los esquemas de ahorro complementarios financiados mediante aportaciones sindicales tampoco se sujetan al nuevo tope constitucional.

Las pensiones no contributivas vinculadas con programas sociales mantendrán las reglas que establecen sus disposiciones específicas.

Debate legislativo en el pleno

Durante la discusión del dictamen, legisladores de distintos grupos parlamentarios expusieron posiciones sobre el nuevo límite a las pensiones del sector público. Integrantes del bloque mayoritario señalaron que la reforma permitirá revisar pagos de retiro dentro de las instituciones del Estado.

Senadores de partidos de oposición coincidieron en la necesidad de establecer límites a pensiones elevadas financiadas con recursos públicos. Algunos legisladores plantearon que el tope podría calcularse con base en la Unidad de Medida y Actualización.

Tras la aprobación en el pleno del Senado, la reforma continuará el proceso constitucional. El proyecto se enviará a los congresos estatales para su discusión y eventual ratificación conforme al procedimiento previsto para cambios a la Constitución mexicana.

VGB