El primer pago de la Pension del Bienestar, correspondiente al bimestre enero-febrero, ya arrancó y con aumento, pues este apoyo económico otorgará 6,400 pesos bimestrales a las mujeres y hombres de 65 años en adelante durante este 2026, por lo tanto el Pago de Marcha también sube de monto.
De acuerdo con las Reglas de Operación de las pensiones que son parte de los Programas para el Bienestar del Gobierno de México, tienen considerado un pago especial para apoyar a las familias cuando ocurre el fallecimiento de las y los derechohabientes: el pago de marcha.
¿Qué es el Pago de Marcha?
Este apoyo económico se entrega por una sola ocasión y varía según la pensión que recibía la o el derechohabiente.
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Este pago extra se entrega a la persona que fue registrada como auxiliar de quien recibía la pensión.
El Pago de Marcha está disponible en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, la Pensión el Bienestar de las Personas con Discapacidad y la Pensión Mujeres Bienestar.
¿Cuál es el monto del Pago de Marcha en 2026?
El Pago de Marcha corresponde a un mes de Pensión del Bienestar, por ejemplo, si hablamos de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, en este 2026 este pago adicional será de 3,200 pesos, ya que, el monto de la pensión para adultos mayores será de 6,400 pesos bimestrales.
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A su vez, la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad entregará 3,300 pesos bimestrales, por lo que, el Pago de Marcha será de 1,650 pesos.
Mientras que, el Pago de Marcha de la Pensión Mujeres Bienestar será de 1,550 pesos, pues su pago bimestral será en este 2026 de 3,100 pesos bimestrales.
¿Cómo solicitar el Pago de Marcha?
Programas del Bienestar indica que, para solicitarlo, la persona auxiliar de la o el derechohabiente debe notificar el fallecimiento en la Línea del Bienestar, cuyo número es 800 639 42 64, en un horario de 8:00 am a 9:00 pm de lunes a viernes y de 9:00 am a 7:00 pm en fines de semana y días de asueto.
En la llamada se le pedirán sus datos personales, así como los de la o el derechohabiente fallecido.
Entre los datos que se piden están algunos que vienen en el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento emitida por alguna institución pública.
En la misma llamada se le darán a las persona auxiliar las instrucciones a seguir para recibir el Pago de Marcha.
Es importante que sepas, que la notificación debe hacerse dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento; si no se hace en ese plazo, se pierde el derecho al apoyo.
Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá al siguiente bimestre.
