PJF

Nuevos juzgadores y personal con antigüedad en el PJF, en riesgo de perder prestaciones

El Órgano Administrativo de Justicia alista nuevo esquema de prestaciones que dejaría sin seguros a juzgadores que llegaron el 1 de septiembre, así como también, a trabajadores con nuevos nombramientos; el Colegio de Secretarios y Actuarios de la Judicatura Federal llamó a los sindicatos huelga

Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIÓN el

De acuerdo con un documento interno del Órgano Administrativo de Justicia (OAJ), los juzgadores que ganaron en la elección judicial del 1 de junio quedarán excluidos de prestaciones como el seguro de gastos médicos mayores (sgmm) y el seguro de separación individualizado (segsei).

El oficio enviado por el secretario ejecutivo de administración del OAJ, Juan Carlos Zamora García, al jurídico del organismo, fue difundido por el especialista en temas jurisdiccionales y constitucionales, Ernesto Guerra.

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La respuesta del Jurídico es que los jueces y magistrados, así sean quienes ya tenían un puesto similar y ganaron en elección, o personal del Poder Judicial Federal que alcanzó el puesto (secretarios, actuarios), se trata de personal de nuevo ingreso y por lo tanto no gozarán de las prestaciones ni del seguro de gastos médicos o el de separación.

En el documento consta que el OAJ consultó a su departamento jurídico si los mandos medios y superiores que estaban activos al 31 de agosto, y desde el 1 de septiembre tuvieron un cambio de nombramiento, sin interrupción de su relación laboral, tienen derecho a continuar con las prestaciones de ambos seguros, así como a mantener las mismas condiciones de las pólizas respectivas de ambas prestaciones.

La respuesta del jurídico fue que no, ya que al tener un nuevo nombramiento se interrumpió la relación laboral.

“Se estima que para el movimiento referido fue indispensable que presentaran su renuncia al puesto que venían desempeñando, lo que implica que realmente sí se generó una interrupción en la continuidad de la relación laboral, primordialmente en cuanto a las prestaciones que a cada plaza corresponden y, por ende, se trata jurídicamente de personal de nuevo ingreso”, cita Guerra. 

Por lo tanto, a las personas servidoras públicas de nuevo ingreso de mandos medios y superiores, no se les otorgará y no se podrá continuar con las prestaciones del seguro de separación y de gastos médicos.

Contexto: el seguro de separación individualizado permite a los servidores públicos de mandos medios y superiores aportar una parte de su salario, que se complementa con una aportación del empleador, a un fondo que se les entregará al dejar el cargo. Esto les permite contar un ahorro para complementar una futura pensión

Otra consulta fue si las personas servidoras públicas de mando medio y superior que se encontraban activas hasta el 31 de agosto y que a partir de septiembre tuvieron un nuevo nombramiento con interrupción de uno o más días de su relación laboral, pueden continuar con las mencionadas, manteniendo las mismas condiciones de las pólizas respectivas de ambas prestaciones.

La respuesta fue que no tuvieron como tal un cambio de nombramiento, sino que se generó una nueva relación, para la cual fue indispensable que presentaran su renuncia al puesto que venían desempeñando y en consecuencia, “se trata jurídicamente de personal de nuevo ingreso”.

Una cuarta consulta fue si las personas servidoras públicas de mando medio y superior que se encontraban activas en alguna otra dependencia del PJF, como la SCJN o el Tribunal Electoral del Poder Judicial y que tengan un nuevo nombramiento sin interrupción dentro del OAJ y el Tribunal de Disciplina Judicial, pueden continuar con las prestaciones del SGMM y del SEGSEI, bajo las mismas condiciones de las pólizas respectivas de ambas prestaciones.

La respuesta del Jurídico es que debe considerarse como personal de nuevo ingreso y por lo tanto, no se les otorgará y no pueden continuar con las prestaciones de ambos seguros.

El caso de la SCJN

Este análisis abre una interrogante sobre qué sucederá con los seguros de los ministros de la nueva Sala de Justicia de la Nación, quienes en la página de la SCJN aparece que tienen además de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, seguros de gastos médicos mayores, seguros de separación individualizado, seguro de vida del personal.

Trabajadores rechazan medida 

Mediante un comunicado dirigido a la opinión pública y a los trabajadores del Poder Judicial, la Coalición de Trabajadores denominada "32 Circuitos Unidos" rechazaron la medida que excluye a los nuevos trabajadores del Poder Judicial de prestaciones como el seguro de gastos médicos mayores (sgmm) y el seguro de separación individualizado (segsei).

La coalición señaló que la medida viola el derecho de movilidad laboral y les impide optar por ascensos en caso de presentarse la oportunidad. Ante esto, exigen el respeto a sus derechos laborales, tanto para los trabajadores nuevos como para aquellos con más antigüedad. 

"Nuestras prestaciones no están sujetas a negociación", recalcan.

Por último exigen una audiencia a los titulares de la SCJN y OAJ y reclaman que contrario a lo señalado por los nuevos ministros acerca de que estaría la puerta al diálogo para todos, sus solicitud de audiencia ha sido ignorada.

Llaman a sindicatos a huelga

El Colegio de Secretarios y Actuarios de la Judicatura Federal emitió un comunicado dirigido al OAJ. En él, rechazan las directrices que dejan a los nuevos trabajadores del Poder Judicial, así como a aquellos que cambias de puesto sin sus derechos laborales. Recalcan que esto contraviene principios constitucionales y de estabilidad laboral.

El documento señala que considerar a los trabajadores que cambian de puesto como de nuevo ingreso atenta contra la promoción laboral y el mérito profesional, esto, porque "convierte a los ascensos en una pérdida patrimonial para el trabajador y viola el principio de progresividad de los derechos laborales". 

También se señala que las directrices atentan contra la movilidad laboral al considerar de nuevo ingreso a aquellos que cambien de adscripción. Así mismo, señala que la licencia sin goce de sueldo para el cambio de puesto debe mantener la relación laboral en suspenso, no eliminarla, de lo contrario, se viola la seguridad jurídica y la estabilidad laboral.

El Colegio de Secretarios y Actuarios de la Judicatura Federal señalan que las directrices violan los derechos laborales al:

  • Desnaturalizar figuras jurídico-laborales consolidadas
  • Penalizar la promoción y movilidad laboral
  • Violar derechos patrimoniales adquiridos
  • Contradecir principios de estabilidad laboral

Ante esto, exigen la revisión de las directrices "abusivas" que destruyen la carrera judicial. Y convocan a los sindicatos a reaccionar contra estas acciones que justifican una huelga. 

¡No permitiremos más atropellos!, exclamaron.

Contexto

El Órgano de Administración de Justicia sustituyó al Consejo de la Judicatura Federal en temas administrativos y de adscripción de cargos, ya que la otra parte de la que se encargaba el CJF, la disciplinaria, fue tomada por el Tribunal de Disciplina Judicial.

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El tema de los derechos laborales de los nuevos juzgadores los nuevos nombramientos en la estructura del Poder Judicial aún no se esclarece, pero se espera que haya cambios, porque además de que una de las banderas de la reforma judicial es acabar con los gastos excesivos en el Poder Judicial, también se espera que haya un recorte en el proyecto de presupuesto que aún alcanzó a proponer la anterior presidenta de la SCJN, Norma Piña.

lrc y VGB