El Instituto Nacional Electoral (INE) requirió al grupo La Silla Rota que entregue la información relacionada con una denuncia que este sitio de información dio a conocer el 9 de junio pasado, en el que un candidato a magistrado denunció la entrega de “acordeones” para inducir la votación a jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) durante la jornada electoral del 1 de junio de 2025.
La solicitud forma parte de la investigación que abrió el INE dentro del expediente INE/Q-COF-UTF/293/2025, relacionado con quejas por la probable omisión de rechazar aportaciones prohibidas, reportar ingresos y gastos de campaña, así como beneficio indebido entre candidaturas por la producción y difusión de los llamados “acordeones”, en los que se recomendaba a los electores optar por determinadas personas que buscaban cargos en el Poder Judicial de la Federación.
El INE hizo llegar una medida de apremio a La Silla Rota en la que exige la entrega de “toda la información y documentación que sea de relevancia para el esclarecimiento de los hechos denunciados”.
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La institución fijó un plazo de 48 horas para entregar la información, de no hacerlo, amaga con aplicar una multa de hasta 100,000 días de salario mínimo general vigente para la Ciudad de México.
Denuncia acreditada
El INE pide que se le informe sobre la nota “Denuncian a trabajadores de V. Carranza y gobierno por repartir acordeones el día de elección”, en la que un candidato a magistrado en materia administrativa explicó que personas que trabajan en la alcaldía Venustiano Carranza entregaron esas guías en una casilla ubicada en la escuela secundaria diurna 90, en la colonia Moctezuma.
El candidato registró los hechos en video, así como el apoyo que brindó otro servidor público del gobierno de la Ciudad de México, y presentó una denuncia ante la Fiscalía de Justicia capitalina.
El denunciante dio cuenta de que los policías retrasaron la puesta a disposición de las personas denunciadas y que el mismo funcionario del gobierno de la CDMX a quien señaló por entregar alimentos en las cercanías de la casilla, asistió a las detenidas antes de que las presentaran ante el agente del ministerio público en Venustiano Carranza.
Pese a que la nota señala claramente que la denuncia la hace un candidato, a quien se acredita con nombre, apellido, y cargo que busca, el INE pide que se le entregue toda la información y documentación de relevancia para esclarecer los hechos; esa información consta en la denuncia que presentó el candidato ante la Fiscalía para la Atención de Delitos Electorales, a la que fueron remitidos los presuntos responsables de entregar los “acordeones”.
Autoridad contra medios de comunicación
La información difundida por La Silla Rota cuenta con todos los elementos informativos que obran en poder del medio. El soporte informativo está contenido en el propio material difundido.
El ejercicio periodístico de La Silla Rota se ampara en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que protegen la libertad de expresión y el derecho a la información.
En el contexto de las elecciones y tras la jornada del 1 de junio se han presentado varios casos de hostigamiento contra periodistas orquestados desde el poder, con el apoyo de autoridades electorales como el INE y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El Tribunal de Justicia de Tamaulipas ordenó al periodista Héctor de Mauléon y al periódico El Universal retirar una columna en la que vinculaba a una candidata a esa institución con personajes ligados al crimen organizado. El INE entregó al tribunal los datos personales del periodista para que lo notificara de la demanda en su domicilio.
La gobernadora de Campeche, Layda Sansores, demandó al periodista Jorge González por los presuntos ataques en su contra publicados en el medio Tribuna de Campeche, pese a que el informador ya se había jubilado y no tenía participación en ese medio desde dos años antes de la demanda.
Una jueza local condenó a González a indemnizar a la gobernadora con dos millones de pesos y dejar de ejercer el periodismo, fallo que fue revertido por un tribunal federal que consideró que la sentencia violaba la libertad de expresión consagrada en la Constitución.
El INE también exigió a la periodista Laura Brugés que le informara quién fue la fuente que le dio información relacionada con la entrega de acordeones, pese a las disposiciones federales y locales que protegen la secrecía de las fuentes.
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En la Ciudad de México, el artículo 4 de la Ley del Secreto Profesional y Cláusula de Conciencia para el Ejercicio Periodístico de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 08 de junio de 2020, señala que “el secreto profesional es el derecho inalienable que tienen las personas periodistas y personas colaboradoras periodísticas de mantener el secreto de la identidad de las fuentes que hayan facilitado información, con independencia de que ésta se haya o no publicado. Este derecho podrá ser ejercido frente a terceros o autoridad. El secreto beneficiará a cualquier otra persona que hubiera podido conocer la identidad de la fuente reservada”.
kach
