En México, una pensión es una prestación económica regular que el sistema de seguridad social otorga a los trabajadores o a sus beneficiarios, bajo ciertas condiciones que establece la ley. Su propósito fundamental es proporcionar un soporte financiero cuando una persona ya no puede generar ingresos por su trabajo, debido a diversas circunstancias.
Asimismo, el sistema de pensiones se divide fundamentalmente en dos grandes categorías, diferenciadas por cómo se financian y a quiénes están dirigidas: las pensiones contributivas y las pensiones no contributivas.
- Pensiones Contributivas: Estas pensiones son el resultado directo de las aportaciones o "contribuciones" que un trabajador y su empleador realizaron a un fondo de seguridad social a lo largo de su vida laboral formal. Son, en esencia, un derecho que se "gana" a través de la cotización. Estas pensiones las otorga principalmente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para trabajadores del sector privado, y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para los servidores públicos. También existen regímenes para otras instituciones como PEMEX, CFE, etc.
- Pensiones No Contributivas: A diferencia de las contributivas, estas pensiones no dependen de que el beneficiario haya realizado aportaciones o cotizaciones a un sistema de seguridad social. Son, más bien, un programa de apoyo social financiado con recursos del presupuesto general del gobierno, buscando brindar un piso mínimo de bienestar a la población más vulnerable que no tiene acceso a una pensión contributiva. ¿Quiénes las otorgan? El gobierno federal, a través de programas sociales como la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.
¿Sólo los adultos mayores reciben pensiones en México?
Contexto: La respuesta es no porque existen distintas circunstancias por las que se entrega una pensión en el país:
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- Edad Avanzada: Es el motivo más común. Cuando un trabajador alcanza cierta edad y ha cumplido con un número determinado de años de cotización, puede acceder a una pensión por cesantía en edad avanzada (a partir de los 60 años) o por vejez (a los 65 años). Esto busca garantizar un ingreso durante la etapa de retiro.
- Incapacidad o Invalidez: Si un trabajador sufre una enfermedad o un accidente (laboral o no) que le impide total o parcialmente desempeñar su actividad productiva, puede ser elegible para una pensión por invalidez o incapacidad permanente.
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- Fallecimiento: En el lamentable caso de que un trabajador o pensionado fallezca, sus beneficiarios legales (como cónyuge, hijos o, en algunos casos, padres) pueden recibir una pensión, conocida como pensión por viudez, orfandad o ascendientes, para ayudar a mantener su sustento.
Lo anterior es si hablamos de una pensión contributiva, mismas que están principalmente están administradas bajo dos regímenes principales: la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73), donde las pensiones son pagadas directamente por el IMSS, y la Ley del Seguro Social de 1997 (Ley 97), donde las pensiones se construyen a través de las cuentas individuales administradas por las Afores (Administradoras de Fondos para el Retiro). Por su parte el ISSSTE, también cuenta con esquemas que varían según la fecha de ingreso al servicio público.
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¿Adiós pensiones ISSSTE?
La pensión ISSSTE se entrega cada fin de mes y el ISSSTE lanzó un aviso importante para todos sus pensionados. "El ISSSTE aclara que la información de la nota difundida por el medio digital: El Cronista, titulada “Es oficial Vuelve el certificado de supervivencia para cobrar la pensión: a quiénes aplica” es falsa".
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El ISSSTE explicó que, desde 2014 el Pase de Vigencia presencial fue eliminado. Mientras que, desde 2025 ya no se requiere refrendo bianual y tampoco se necesita realizar ningún trámite para mantener tu pensión porque se verifica automáticamente la supervivencia con apoyo de RENAPO y tecnología segura.
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Por lo que, el ISSSTE dejó en claro que la pensión está garantizada.
MJP
