En México, las pensiones son prestaciones económicas que se otorgan a los trabajadores o a sus beneficiarios cuando se cumplen ciertos requisitos establecidos por la ley. Estas prestaciones buscan proteger al trabajador al finalizar su vida laboral, al ocurrirle un accidente o enfermedad que le impida trabajar, o al fallecer, brindando un sustento económico.
Existen principalmente dos sistemas de pensiones en México: el del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Si hablamos del IMSS hay que tomar en cuenta la ley bajo la cual cotiza un trabajador, pues eso depende de la fecha en que comenzó a hacerlo, se pueden regir por la Ley del Seguro Social de 1973 o por la Ley del Seguro Social de 1997.
Las pensiones se otorgan principalmente en los siguientes casos:
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- Jubilación o Retiro: Al cumplir con la edad y los años de servicio requeridos, que varían según la ley aplicable y el instituto (IMSS o ISSSTE).
- Invalidez: Cuando el trabajador sufre una enfermedad o accidente no laboral que le impide trabajar de manera permanente.
- Fallecimiento del trabajador o pensionado: En este caso, se otorgan pensiones a los beneficiarios legales, como viudas(os), huérfanos y ascendientes que dependían económicamente del fallecido.
Es importante destacar que los requisitos para acceder a una pensión varían dependiendo de la ley bajo la cual cotizó el trabajador (Ley del 73 o Ley del 97 en el caso del IMSS, y los diferentes regímenes en el caso del ISSSTE), así como del tipo de pensión que se solicite. Factores como la edad, las semanas cotizadas, el salario promedio de los últimos años trabajados y el saldo acumulado en la cuenta individual de la Afore (en el caso de la Ley del 97) son determinantes para el otorgamiento y el monto de la pensión.
¿Cómo obtener una pensión IMSS de por vida?
Contexto: Como sabemos los pensionados del IMSS y del ISSSTE en la actualidad reciben su pensión cada mes, sin embargo, reciben su pago en diferentes fechas, por ejemplo, los pensionados del IMSS reciben su dinero cada primero de mes, mientras que los pensionados del ISSSTE reciben su dinero cada fin de mes. El próximo pago de pensiones IMSS e ISSSTE será el de junio y las fechas exactas las puedes consultar AQUÍ.
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Si eres de los trabajadores que ya estás decidido a dejar atrás la vida laboral y empezar a gozar de tu pensión primero debes conocer lo que es la proyección de pensión. De acuerdo con el IMSS, es un documento emitido a través de Mi Pensión Digital en el que se muestra tu información registrada en el Instituto y la de tus beneficiarios(as).
Con este documento podrás presentarte en la Unidad de Medicina Familiar que te corresponde de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación, para entregar la documentación que se indica en el mismo e iniciar tu trámite de pensión.
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Debes tomar en cuenta que esta proyección de pensión tiene una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión, de lo contrario será cancelada. Sin embargo, podrás registrar una nueva proyección.
¿Quiénes no recibirán la pensión de junio?
El IMSS advierte que, al solicitar tu proyección de pensión a través del servicio digital puedes recibir el siguiente mensaje:
"Por el momento no es posible continuar con tu Proyección de Pensión debido a: La información con la que cuenta el Instituto indica que no eres candidato para obtener una pensión. Si deseas recibir tu resolución de negativa de pensión realiza tu solicitud en la ventanilla presentando la documentación correspondiente".
Si recibiste ese mensaje es posible que con base en la información registrada en el IMSS, no seas candidato para obtener una pensión, por lo que, debes acudir a la UMF o Subdelegación que te corresponde con la finalidad de realizar el trámite para que recibas el documento de negativa de pensión con el que podrás retirar los recursos de tu cuenta individual de la Afore.
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Y ara ello, debes presentar la siguiente documentación:
- Identificación oficial con fotografía y firma (original y copia)
- Acta de nacimiento (se podrá recibir el Acta de Nacimiento en línea, impresa en hoja blanca tamaño carta, desde la página de internet www.gob.mx/actas)
- Documento de Aviso que se generó en Mi Pensión Digital.
