En México las trabajadoras y los trabajadores que se encuentran bajo el esquema formal de trabajo con prestaciones de ley, tienen el derecho de recibir el pago por concepto de reparto de utilidades el cual es un ingreso extra, aparte de su pago salarial común. Por lo cual, en esta ocasión te contamos quiénes son las personas que recibirán el 10% de utilidades este 2025.
En este sentido, de acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores y las trabajadoras para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
Asimismo, subrayó que en el caso de las y los trabajadores que desempeñan sus actividades laborales en una empresa (persona moral), estos deben recibir su pago de utilidades a más tardar el 30 de mayo, mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón) deben recibir el pago de utilidades a más tardar el 29 de junio.
Te podría interesar
En tanto, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) destacó que las personas trabajadoras tienen el derecho de recibir el pago de reparto de utilidades, por lo cual si te las niegan te puedes comunicar a los números telefónicos 800-717-29-42 y 800-911-78-77.
“Las empresas con fines de lucro están obligadas a repartir el 10% de sus utilidades, siempre y cuando estas sean superiores a los 300,000 pesos. El viernes. El viernes 30 de mayo de 2025 es el último día para recibir tus utilidades”, indicó la Profedet.
LEE TAMBIÉN: Revisan loncheras en escuelas para evitar paso de comida chatarra
Contexto: ¿Quiénes son los trabajadores que recibirán esta prestación?
El reparto de utilidades es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300,000 pesos o más, según su declaración fiscal correspondiente, en este caso 2024. y que tengan más de un año en funcionamiento.
Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tengan contrato por obra determinada.
¿Quiénes no tienen derecho a este pago de utilidades?
Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el reparto de utilidades no aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. EL PODER DE LA INFORMACIÓN EN LA PALMA DE TU MANO.
SÍGUENOS EN EL SHOWCASE DE LA SILLA ROTA EN GOOGLE NEWS
bv