En México, el 14% de la población total cuenta con 60 años o más de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, del INEGI, ya que registró aproximadamente 18 millones de personas con esa edad. La mayoría de ellos son considerados como pensionados, pero en realidad lo primero que se tendría que entender es si se trata de un pensionado o un jubilado.
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La Prodecon, es decir, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, organismo público que ayuda a cualquier pagador de impuestos, dio a conocer su guía para pensionados y jubilados para que conozcan sus derechos y obligaciones en Materia Fiscal, en el documento explicaron la diferencia entre la jubilación y pensión.
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- Jubilación: Es una prestación exclusivamente contractual que, por tal motivo, su otorgamiento y fijación en una determinada cantidad, debe regirse por lo que estipulan las cláusulas de los contratos de trabajo.
- Pensión: Cantidad periódica, temporal o de por vida que se otorga a ciertos derechohabientes, al cumplir una serie de requisitos conforme a las leyes de seguridad social.
En este sentido, es importante dejar en claro que, todas las personas contribuyentes están obligadas a pagar impuestos al obtener ingresos, incluyendo aquellos que se perciben por jubilación o pensión, como es el caso de la pensión IMSS o ISSSTE, incluso, podríamos hablar de la Pensión del Bienestar.
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¿Pensión del Bienestar, IMSS o ISSSTE?
Las pensiones pueden clasificarse en contributivas y no contributivas, dependiendo de si el beneficiario ha realizado aportes previos al sistema de seguridad social.
- Pensiones Contributivas: Son aquellas que se otorgan a personas que han cotizado al sistema de seguridad social durante su vida laboral. Se financian con las contribuciones de los trabajadores y empleadores.
- Pensiones No Contributivas: Son aquellas destinadas a personas en situación de vulnerabilidad que no han realizado aportes suficientes al sistema de seguridad social.
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En este sentido, podemos decir que una pensión contributiva es la pensión del IMSS, que se encarga de entregar su pensión a los extrabajadores del sector privado, mientras que el ISSSTE le entrega su pensión a los extrabajadores del sector público. El IMSS entrega su pensión a principios de mes y los del ISSSTE entregan su pensión caada fin de mes.
Si hablamos de la Pensión del Bienestar, este apoyo económico se trata de una pensión no contributiva, pues la entrega el Gobierno de México con el objetivo de ayudar a los adultos mayores de 65 años y más a que tengan una mejor calidad de vida; el monto es de 6,200 pesos bimestrales.
¿Pensionados tienen que hacer la declaración anual?
De acuerdo con la Prodecon, las personas jubiladas y/o pensionadas deben presentar declaración anual cuando:
- Obtengan ingresos acumulables adicionales a sueldos y salarios.
- Hubiera comunicado por escrito a su retenedor que presentará declaración anual.
- Cuando obtengan ingresos por sueldos y salarios de dos o más empleadores.
- Cuando además obtengan ingresos con fuente de riqueza ubicada en el extranjero.
- Cuando obtengan ingresos anuales que excedan de 400,000 pesos.
- Las personas contribuyentes que en el ejercicio (año) hayan obtenido ingresos totales superiores a 500,000 pesos (incluyendo aquéllos por los que no se esté obligado al pago del impuesto sobre la renta y por los que se pagó el impuesto definitivo), deberán declarar la totalidad de sus ingresos.
Sin embargo, podrán no presentar la declaración anual, cuando hayan percibido ingresos por sueldos y salarios e intereses cuya suma no exceda de 400,000 pesos, siempre que los ingresos por concepto de intereses reales no excedan de 100,000 pesos.
También, podrán no presentar la declaración anual, cuando los ingresos sean únicamente de la prestación de un servicio personal subordinado, que no excedan de 400,000 pesos y no deriven de la prestación de servicios a dos o más empleadores de manera simultánea.