La pregunta surge con frecuencia cuando un trabajador fallece y deja a su alrededor personas que dependían de su ingreso. ¿Alguien sin parentesco legal puede cobrar una pensión del IMSS? La respuesta, tras resoluciones recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya no se limita a un “no” automático.
El máximo tribunal revisó reglas del IMSS que cerraban el acceso a la pensión por fallecimiento a quienes no contaban con un vínculo familiar directo. Con los nuevos criterios, el análisis se centra en la relación real de apoyo entre el asegurado y la persona solicitante.
El cambio no abre la puerta a cobros indiscriminados. La Corte estableció condiciones claras que deben acreditarse ante la autoridad. El parentesco legal deja de ser el único requisito, pero no desaparecen las pruebas.
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En la práctica, las resoluciones obligan a las instituciones de seguridad social a revisar cada caso con base en hechos y documentos. El enfoque pasa del papel a la vida cotidiana.
Cuando no hay parentesco, pero sí dependencia
La Corte determinó que personas sin vínculo legal pueden acceder a la pensión si demuestran dependencia económica y un rol de cuidado sostenido. El criterio incluye a quienes asumieron funciones parentales o de sustento dentro del hogar.
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En este grupo pueden entrar tíos que criaron a sobrinos, hermanos que mantuvieron a la familia o parejas sin unión civil formal. También se consideran otras personas cercanas que dependían del ingreso del trabajador.
La clave está en probar la relación. La autoridad deberá evaluar convivencia, aportaciones económicas y testimonios que confirmen el apoyo constante.
Este criterio no se basa en excepciones aisladas. Se trata de un estándar que los tribunales deben aplicar al resolver solicitudes.
Padres que sí pueden cobrar junto a cónyuge e hijos
Otro ajuste relevante elimina la regla que excluía a los padres cuando el trabajador fallecido tenía cónyuge o hijos. La Segunda Sala invalidó esa limitación.
Ahora, los padres que dependían económicamente del asegurado pueden recibir la pensión de manera concurrente. La dependencia se acredita con documentos y pruebas, no con suposiciones.
El cambio impacta en hogares donde los padres formaban parte del mismo esquema de sustento. La pensión ya no se reparte por jerarquía familiar cerrada.
Afore: qué pasa con los ahorros
La Corte también resolvió sobre la devolución de los saldos de la cuenta individual. Los hijos o nietos mayores de edad pueden solicitar estos recursos sin demostrar dependencia económica.
El criterio reconoce que el ahorro de la Afore proviene del trabajo formal del asegurado. Por ello, el dinero debe regresar al entorno familiar bajo reglas de igualdad.
El trámite se mantiene ante las administradoras y autoridades correspondientes, pero sin el requisito de dependencia para estos descendientes.
Qué necesitas para solicitar el beneficio
Si no existe parentesco legal, el punto central es demostrar una relación real de apoyo. La Corte marcó líneas claras sobre el tipo de pruebas que pueden presentarse.
Sirven documentos que acrediten convivencia en el mismo domicilio, testimonios de personas que conocían el vínculo y constancias de aportaciones económicas. También cuenta la prueba de dependencia total o parcial.
Cada solicitud se analiza caso por caso. El IMSS y los tribunales deben valorar las pruebas y resolver conforme a los nuevos criterios.
VGB
