FGR

FGR: aspiran 42 pelearle a Ernestina Godoy la sucesión de Alejandro Gertz

Entre los perfiles que cumplieron los requisitos para ser fiscal se encuentran el exsubsecretario de Gobernación y titular de Aduanas, Ricardo Peralta, y el exdiputado morenista Hamlet Almaguer, ligado a la Luz del Mundo; Senado debe depurar la lista a 10 aspirantes

Gertz, el fiscal saliente y Godoy, encargada de despachoCréditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIÓN el

El exsubsecretario de Gobernación, Ricardo Peralta; el exdiputado morenista Hamlet Almaguer, y el abogado Jorge Náder, del consejo ciudadano que recomendó a Bertha Alcalde para ser fiscal de la Ciudad de México, entre otros 40 interesados acompañan a Ernestina Godoy, encargada de despacho, como aspirantes que cumplieron con los requisitos para encabezar la Fiscalía General de la República (FGR). El Senado de la República deberá depurar la lista a 10 aspirantes.

Hamlet Almaguer está vinculado con la secta iglesia La Luz del Mundo. Ricardo Peralta fue titular de Aduanas en el sexenio de Andrés Manuel López Obrador y subsecretario de Gobernación. La entonces titular de Segob, Olga Sánchez Cordero, reconoció en 2019 que el entonces subsecretario Peralta se había reunido con líderes del crimen organizado de Tamaulipas, Guerrero y Michoacán para colaborar en procesos de paz.

Los aspirantes a la FGR

Todas aquellas personas que estuvieron interesadas en competir por la titularidad de la FGR tuvieron dos días para recopilar la documentación necesaria, revisarla y formalizar su candidatura ante el Senado de la República desde el viernes 28 de noviembre de 2025 a las 13:00 horas y hasta el 30 de noviembre a las 13:00 horas.

TAMBIÉN LEE: Gertz Manero: renuncia forzada, el estilo AMLO

En total son 43 personas las que se inscribieron para participar en el proceso de selección para fiscal general.

Así fue la renuncia de Gertz Manero

Alejandro Gertz Manero informó al Senado el pasado jueves 27 de noviembre que renunciaba a la Fiscalía General de la República porque será nombrado embajador "en un país amigo"; de acuerdo con el procedimiento de ley, los legisladores deberán discutir si se trata de una causa grave y votar si la aceptan.

La propuesta de ser embajador "me va a permitir la posibilidad de continuar sirviendo a mi país en una nueva tarea que me honra y que agradezco, ratificando así mi vocación pública de servicio de tan larga trayectoria", dice la carta.  

El fiscal general se "atrincheró" en su oficina, sin tomar llamadas ni recibir visitantes la tarde del jueves, mientras el Senado entraba en receso para procesar su salida del cargo. 

De acuerdo con información a la que tuvo acceso La Silla Rota, dentro del gabinete de seguridad había quejas por el desempeño de Gertz; los titulares de Marina, Defensa y Secretaría de Seguridad Pública habían expresado a la presidencia su molestia por la falta de cooperación del fiscal y el uso sesgado de filtraciones que afectaban el desempeño de sus secretarías.

El Senado de la República aprobó con 72 votos a favor, 22 en contra y 0 abstenciones la renuncia del fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero y en su lugar, queda como encargada de despacho Ernestina Godoy, actual consejera jurídica de Presidencia.

En su última acción como fiscal, Alejandro Gertz nombró a Ernestina Godoy titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial de la FGR, lo que de acuerdo con el manual de organización de la FGR queda como interina.

¿Cómo se designa al fiscal general de la República?

La designación del Fiscal General de la República en México involucra la colaboración de los poderes Legislativo (el Senado) y Ejecutivo (el Presidente). El nombramiento final recae en el Senado de la República, de acuerdo con el Artículo 102 constitucional.

A continuación, se presenta la lista de los pasos clave y las condiciones para el nombramiento del Fiscal General de la República:

Integración y aprobación de la lista de candidatos por el Senado:

  • Ante la falta del Fiscal General, el Senado tiene un plazo de veinte días para integrar una lista de al menos diez candidatos al cargo.
  • Esta lista debe ser aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes.
  • Una vez aprobada, la lista se envía al Ejecutivo Federal.

Si el Ejecutivo Federal no recibe la lista en el plazo fijado (20 días):

  • El Ejecutivo puede nombrar provisionalmente al Fiscal General, quien ejercerá el cargo hasta que se realice la designación definitiva.
  • El Ejecutivo enviará una terna (lista de tres candidatos) al Senado para que este realice la designación.
  • El fiscal general designado provisionalmente puede formar parte de dicha terna.

Formulación de la Terna por el Ejecutivo Federal:

Si el Senado envía a tiempo la lista de diez candidatos o más:

  • El Presidente formulará, de entre esos candidatos, una terna (lista de tres perfiles).
  • El Ejecutivo tiene diez días para seleccionar esta terna y devolverla al Senado para la designación.

Si el Presidente no envía la terna en tiempo:

  • El Senado tendrá diez días para nombrar al Fiscal General, cuyo nombre deberá estar incluido en la lista original de diez o más candidatos.

Designación final por el Senado de la República:

  • El Senado hará comparecer a las personas que integren la terna.
  • El Senado cuenta con un plazo de diez días a partir de la recepción de la terna.
  • Se realizará la designación con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes.

Si el Senado tampoco realiza la designación en los plazos previstos:

  • El Ejecutivo queda facultado para nombrar al titular de la Fiscalía de entre los perfiles de la lista original o la terna

Requisitos para ser titular de la Fiscalía General de la República

Requisitos para la postulación

  • El proceso de selección es riguroso, y los aspirantes deben cumplir estrictamente con los criterios establecidos en el marco constitucional y legal. De acuerdo con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 28 de noviembre de 2025, los principales requisitos que deben acreditar los concursantes son:
  • Ciudadanía: Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
  • Edad Mínima: Tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación.
  • Título Profesional: Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesional de Licenciado en Derecho.
  • Experiencia: Contar con reconocida experiencia en el ámbito jurídico, penal, o administrativo, que lo acredite para el cargo.
  • Buena Reputación: Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso.
  • Residencia: Haber residido en el país durante el último año.
  • No Inhabilitación: No haber sido removido o inhabilitado para desempeñar cargos públicos.