LEY DE AMPARO

Sheinbaum pide respetar Constitución y corregir retroactividad en Ley de Amparo

El morenista Manuel Huerta Ladrón de Guevara presentó una reserva para que los asuntos en trámite continúen resolviéndose bajo las disposiciones de la reforma a la Ley de Amparo una vez que entre en vigor; Monreal concordó en que hacer la ley retroactiva viola la Constitución

El proyecto ahora fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar con su trámite legislativo. Créditos: Cuartoscuro
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La presidenta Claudia Sheinbaum se pronunció en contra de una modificación hecha a la reforma a la Ley de Amparo aprobada en el Senado, luego de que legisladores incluyeran un artículo transitorio que plantea su aplicación retroactiva.

“Nosotros enviamos una iniciativa que no tenía este agregado que le hicieron en el Senado. Primero hay que respetar la Constitución. La Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes. Vamos a ver exactamente por qué incorporaron este transitorio, que lo que dice es que a partir de que se apruebe la ley lo nuevo ya tienen que ir con ese decreto, desde mi punto de vista no era necesario poner ese transitorio”, señaló durante su conferencia matutina.

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Esta modificación a la reforma a la Ley de Amparo, que fue aprobada en el Senado con 76 votos a favor y 39 en contra, se introdujo de último momento mediante un artículo transitorio que busca que los asuntos que están actualmente en los tribunales sean juzgados bajo la nueva legislación.

El senador de Morena, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, fue quien logró incluir esta modificación a través de una reserva presentada en el pleno de la Cámara alta.

El artículo transitorio de retroactividad aprobado en la reforma contradice el artículo 14 de la Constitución Mexicana, el cual señala que “a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”, pues sólo puede ser retroactiva si es en beneficio de la persona juzgada y no al contrario.

Ahora queda en la cancha de la Cámara de Diputados corregir esta contradicción a la Constitución en la reforma a la Ley de Amparo.

Monreal concuerda con Sheinbaum

Ricardo Monreal concordó con el rechazo de Sheinbaum a la modificación hecha por el Senado a la Ley de Amparo para hacer retroactiva su aplicación.  

El diputado morenista señaló desde la Cámara de Diputados que "no se le puede dar efectos retroactivos a ninguna ley en perjuicio de cualquier persona" y agregó que "una ley no puede contravenir la constitución".

Por ello declaró que una vez que reciban en la Cámara de Diputados la minuta de la Cámara de Senadores, esta se turnará a la Comisión de Justicia, "que es a la que le corresponde", para darla a conocer y analizarla a profundidad.

"Voy a esperar a ver cómo viene, más o menos entiendo el transitorio, pero vamos a darle congruencia a la constitución", señaló. Y agregó que "someter la ley que se aprueba a los juicios anteriores sí es violatorio, desde mi punto de vista".

"El transitorio debería decir que en el caso de juicios anteriores tiene que aplicarse la norma jurídica vigente cuando inició el proceso, no la nueva". 

¿Qué más dijo Sheinbaum?

La presidenta destacó tres puntos que su iniciativa de reforma a la Ley de Amparo contempla. Se trata de los siguientes puntos:

  • Reducción de plazos para la impartición de justicia.
  • Prohibición de suspender cuentas vinculadas con lavado de dinero.
  • Eliminación de suspensiones inmediatas cuando se trate de resoluciones de la Suprema Corte.La aprobación de la nueva Ley de Amparo

Así fue la aprobación de la Ley de Amparo

El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular reformas a la Ley de Amparo, la iniciativa fue avalada con 76 votos a favor y 39 en contra, por parte de Morena y aliados. El proyecto ahora fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar con su trámite legislativo.

Los senadores morenistas señalan que con esta reforma se fortalece el amparo como mecanismo de protección constitucional, pero al mismo tiempo introduce límites para prevenir su uso abusivo en casos de delitos graves o actos de autoridad.

Con la reforma se implementa el uso de las tecnologías de la información para garantizar un juicio de amparo en línea, a través de reglas más uniformes y vinculantes que refuercen las certezas de las partes, en cuanto al valor y equivalencia de los expedientes electrónicos y físicos.

Se garantiza el interés legítimo tanto en lo individual como en lo colectivo, además de que, en materia de cumplimiento de las ejecutorias de amparo, se recobró el texto de la ley vigente para que se mantenga la posibilidad de sancionar a los servidores públicos que incumplan las resoluciones de las y los órganos jurisdiccionales, con la intención de velar por la certeza, pues la iniciativa proponía cobrarle al Estado o a la sociedad el pago de la multa.

A la iniciativa de enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum se realizó un ajuste en el artículo 124 del Código Fiscal de la Federación, para hacerlo coherente y consistente con el contenido de la propuesta de reforma que es parte del paquete fiscal; por lo que ese ajuste se realizará en su momento, en el dictamen de la reforma a dicho Código que se encuentra en la Cámara de Diputados.

Por la tarde el miércoles, las comisiones unidas de Justicia; de Hacienda y Crédito Público; y Estudios Legislativos del Senado de la República aprobaron con 32 votos a favor y 12 en contra el dictamen sobre la reforma a la Ley de Amparo.

La propuesta de Sheinbaum

Contexto: la presidenta Claudia Sheinbaum envió una propuesta de reformas a la Ley de Amparo que obliga a los jueces a dictar sentencia a más tardar 60 días de que se celebró la audiencia constitucional, permite a autoridades no cumplir con una sentencia si demuestran que es imposible hacerlo jurídica y materialmente, y define en qué consiste el interés jurídico de quien solicita esa protección ante un acto de autoridad.

En la exposición de motivos de la reforma enviada al Senado, el documento señala que para demostrar el interés legítimo de quien solicita el amparo, debe demostrarse que el acto de autoridad causa una “lesión jurídica, entendida esta, como la restricción, intervención, daño o perjuicio a los derechos de la quejosa, sin justificación”, y que existe relación de causa-efecto entre el acto reclamado y la lesión jurídica, además de que “la potencial anulación del acto reclamado produzca un beneficio verídico y evidente a la persona quejosa”.

Esta iniciativa fue presentada por la presidenta de la República, Sheinbaum Pardo, con fundamento en el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política.

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