Desde hace ya algunos meses el Gobierno de México confirmó la creación de la CURP biométrica, un nuevo documento de identidad que incorpora elementos digitales y será obligatorio en trámites esenciales a partir de febrero de 2026. Esta medida se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado mes de julio como parte de la reforma a la Ley General de Población.
En ese sentido, y de acuerdo con la reforma, la expedición de la CURP biométrica en formato físico y digital comenzará en octubre de 2025, y su uso será obligatorio a partir de febrero de 2026 en múltiples trámites y servicios, tales como:
- Validación de identidad digital
- Trámites en plataformas gubernamentales
- Comercio electrónico
- Acceso a servicios digitales privados (banca, apps)
- Servicios de salud
- Identificación para consultas médicas
- Verificación de historial clínico en instituciones públicas y privadas
- Trámites financieros
- Apertura de cuentas bancarias
- Contratación de productos financieros
- Verificación en fintechs y plataformas digitales
- Procesos migratorios
- Trámites de residencia, naturalización y regularización
- Programas sociales
- Inscripción a apoyos del Bienestar, pensiones y subsidios federales o estatales
- Procesos educativos
- Inscripciones escolares
- Solicitudes de becas o apoyos estudiantiles
- Procedimientos judiciales
- Identificación de víctimas, testigos, imputados y personal participante en procesos legales
Sanciones con respecto a la CURP biométrica
El decreto establece que las instituciones públicas y privadas deberán adaptar sus sistemas en un plazo de 90 días tras la publicación del decreto en el DOF. Aquellas entidades que rechacen o ignoren el nuevo formato de CURP biométrica podrán recibir multas de entre 10,000 y 20,000 UMA.
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Es importante destacar que el uso de datos biométricos requiere el consentimiento explícito del ciudadano. Quienes no otorguen su consentimiento no podrán validar su CURP biométrica como documento oficial ante autoridades.
¿Qué pasa si no actualizo mi CURP?
Aunque la transición será gradual, no contar con la CURP biométrica podría generar retrasos o bloqueos en trámites esenciales como:
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- Cobro de pensiones y apoyos sociales
- Renovación de documentos oficiales
- Acceso a servicios bancarios o médicos
- Procesos legales o migratorios
Por lo tanto, no actualizar la CURP dentro de los plazos recomendados podría significar limitaciones significativas en el acceso a derechos y servicios públicos.
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¿Cómo se tramita la nueva CURP biométrica?
Aunque los detalles completos de su tramitación aún están en desarrollo, se espera que:
- Se habiliten módulos especiales de captura biométrica
- Esté disponible en oficinas del RENAPO, Registro Civil y módulos móviles
- Se permita su descarga digital con validación QR a través de una app oficial del Gobierno
Se recomienda consultar la página oficial del RENAPO y la Secretaría de Gobernación para mantenerse informado sobre los plazos, requisitos y sedes habilitadas para el trámite.
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¿Qué es la CURP biométrica?
La Clave Única de Registro de Población (CURP) conservará su formato tradicional de 18 caracteres alfanuméricos, pero ahora incluirá datos biométricos personales como:
- Fotografía digitalizada
- Huellas dactilares
- Iris ocular
- Firma electrónica
- Código QR de validación
Estos nuevos elementos convertirán a la CURP en un documento de identidad más seguro, verificable y difícil de falsificar, con funciones similares a las de una cédula oficial de identificación nacional.
Vale la pena recordar que este proyecto será coordinado por la Secretaría de Gobernación (SEGOB), a través del Registro Nacional de Población (RENAPO), y se apoyará en la creación de una Plataforma Única de Identidad, administrada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
AJA
