Los pensionados del IMSS están por recibir el pago de su pensión que corresponde al mes de junio, mismo que se verá modificado por la fecha en la que cae, hay que recordar que, se supone que los pagos de pensión del IMSS deben ser el primero de cada mes, sin embargo, eso cambia cada mes dependiendo del día en el que caiga ese día, por ejemplo, si cae en fin de semana o en un día de descanso obligatorio se recorre el depósito a un día hábil.
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En el caso del pago de junio sucederá así, el primero de junio de 2024 caerá en sábado, día inhábil para los bancos, por lo que, la pensión del IMSS del mes de junio llegará hasta el lunes 3 de junio, día que ya es hábil para todos y todas las empresas incluyendo los bancos, así lo da coonocer el calendario de pagos del IMSS 2024.
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Sin embargo, para recibir una pensión del IMSS, los trabajadores en ese momento debieron haber cumplido con ciertos requisitos como tener la edad mínima para solicitar una pensión y contar con el número de semanas cotizadas requeridas, recuerda que entre más edad y más semanas cotizadas mayor pensión puedes recibir.
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Pero, la realidad es que muchos no quedan conformes con el monto de su pensión y lo que hacen es ingresar un recurso de inconformidad para que el IMSS analice su situación y corrobore si hubo un error o no, también muchos recurren a registrar más beneficiarios y de esta forma aumentar su pensión.
¿Qué pensionados recibirán hasta 15% menos en su pensión?
Si te encontraste en una situación como la que mencionamos anteriormente y optaste por registrar más beneficiarios, método conocido como asignaciones familiares, para aumentar tu pensión IMSS, entonces debes saber que, como pensionado recibirás una ayuda económica denominada asignación familiar, por concepto de carga familiar respecto de los beneficiarios que mencionaremos a continuación.
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Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:
- 15% por esposa o concubina.
- 10% por cada uno de los hijos menores de dieciseis años.
- 10% por cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, si se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.
- 10% por cada uno de los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, la asignación podrá continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación sin importar la edad.
- Si el pensionado no tuviera ni esposa o concubina, ni hijos, ni ascendientes que dependan económicamente de él, se le concederá una ayuda asistencial del 15%.
Sin embargo, el IMSS en este documento deja en claro que hay un razón por la cual estos pensionados que lograron aumentar su pensión a base de asignaciones familiares podrán perder ese aumento y es que las asignaciones familiares cesarán con el fallecimiento del familiar que la originó.
"Estas asignaciones familiares serán finalizadas en caso de la muerte de alguno de ellos, o en el caso de los hijos(as) cuando cumplan los dieciséis años, o veinticinco años, con excepción de los que se encuentren estudiando y se presente el documento probatorio correspondiente", dice el IMSS.
Es decir, el aumento en la pensión por estas asignaciones familiares permanecerán hasta la muerte de alguno de ellos, o en el caso de los hijos e hijas hasta cumplir los dieciséis años, o bien hasta los veinticinco años, siempre y cuando se encuentren estudiando en un plantel incorporado al Sistema Educativo Nacional y se presente el documento probatorio correspondiente.