HISTORIAS DE JUSTICIA

Separación de bienes: el argumento de exesposa para obtener compensación tras divorcio

La mujer presentó un amparo alegando la inconstitucionalidad del artículo correspondiente por no contemplar la figura de la compensación económica en caso de disolución del matrimonio

Créditos: Pixabay
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En un caso que ha generado gran interés, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la falta de una regulación específica sobre la compensación económica en matrimonios bajo el régimen de separación de bienes no impide que los tribunales se pronuncien al respecto. Este fallo se produce tras la demanda de un cónyuge que solicitó la cancelación de la pensión alimenticia decretada a favor de su esposa, en el estado de Veracruz.

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La esposa argumentó que había renunciado a su desarrollo personal y profesional para dedicarse al cuidado del hogar y de su hija. A pesar de ello, la pensión fue cancelada. En respuesta, la esposa presentó un amparo alegando la inconstitucionalidad del artículo correspondiente por no contemplar la figura de la compensación económica en caso de disolución del matrimonio bajo el régimen de separación de bienes, de acuerdo con información del magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, Juan Carlos Díaz Carranza.

La SCJN concluyó que, aunque no exista una regulación expresa sobre la compensación económica en este régimen matrimonial, los tribunales tienen la facultad de pronunciarse al respecto basándose en los hechos comprobados y las pruebas presentadas durante el juicio, y resaltó la importancia de la equidad y justicia en la disolución de los matrimonios, reconociendo el sacrificio personal y profesional de uno de los cónyuges en beneficio del hogar y la familia.

Este fallo establece un precedente significativo, garantizando que los derechos de los cónyuges sean protegidos, incluso en ausencia de disposiciones específicas en la ley. Los ministros que votaron a favor de esta resolución fueron:

  • Jorge Mario Pardo Rebolledo
  • Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
  • Norma Lucía Piña Hernández
  • Juan Luis González Alcántara Carranca
  • Margarita Ríos Farjat

 

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