Este 8 de abril se vivió el eclipse solar de 2024, el tan esperado fenómeno astrónomico que no pasa desde hace más de 30 años, tal y como lo anunciaban en 1991 los periodistas Jacobo Zabludovsky y Talina Fernández, cuando narraban el eclipse que sucedió en ese momento. Ese mismo 11 de julio de 1991, Talina Fernández reveló la fecha del siguiente eclipse solar y no se trataba del de 2024, más bien se refería al del 30 de marzo de 2052.
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Dada la importancia de este eclipse solar, expertos de la UNAM dieronvarias recomendaciones para verlo, por ejemplo, una de las más importantes es que los espectadores sepan que por más oscuros que utilicen los lentes no funcionan, se deben utilizar los lentes con certificado especial, el cual es la norma ISO – 12312 – 2.
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De igual forma, hay que destacar que México fue considerado el país donde mejor se vive este eclipse solar debido a sus condiciones climáticas, pues este fenómeno duró aproximadamente de 4 a 7 minutos, además, de que, también se verán estrellas, planetas y el cometa diablo.
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Recuerda que, el fenómeno astrónomico inició en Mazatlán, después pasó por Durango, Torreón, Piedras Negras, Monclova y después por Estados Unidos y Canadá, por este motivo en algunas escuelas no hubo clases, con la intención de que los estudiantes lograran vivir este fenómeno.
¿Qué pasa si no trabajas el 8 de abril?
Como ya lo mencionamos, algunos estudiantes no tuvieron clases este 8 de abril, por lo que, el regreso a clases después de las vacaciones de Semana Santa no será ese día sino hasta el martes 9 de abril, sin embargo, no es el caso de los trabajadores, pues está demás decir que este 8 de abril no es un día de descanso obligatorio.
En este sentido, los trabajadores deben asistir a trabajar de forma normal, porque de lo contrario se toma como una falta y toma en cuenta que con fundamento en la Ley Federal del Trabajo en su capítulo lV Artículo 47, fracción X, el trabajador al tener más de 3 faltas de asistencia en un periodo de un mes, sin permiso del patrón o causa justificada será motivo de la terminación de la relación laboral.
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De acuerdo con la Profedet, todo trabajador tiene derecho a mínimo un día de descanso, de preferencia el domingo, de no ser así entonces, la Prima Dominical es tu derecho, dicha prima adicional es de un 25%, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
Si cumpliste un año o más años en tu trabajo tienes derecho a vacaciones, a partir del primer año tienes derecho a mínimo 12 días de vacaciones y así sucesivamente se van aumentando dos años por cada año, sin embargo, a partir del sexto año el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicio tal y como lo indica el Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo.