TRABAJO EN MÉXICO

Jornada laboral: Este es el dinero extra que recibirás en tus vacaciones

Hay que recordar que con la reforma de las Vacaciones Dignas los trabajadores pueden disfrutar mínimo de 12 días de vacaciones a partir del primer año trabajado

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social también indica que, ni el empleador ni el empleado puede intercambiar sus vacaciones por dinero.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social también indica que, ni el empleador ni el empleado puede intercambiar sus vacaciones por dinero.Créditos: LSR/Pixabay
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En estas fechas muchos trabajadores piden vacaciones ya sea porque sus hijos son estudiantes y por ende tienen vacaciones de Semana Santa o simplemente porque arranca la primavera y eso hace que la temporada antoje a salir a nadar o disfrutar los días calurosos, mientras que otros juntan sus vacaciones con los días de descanso que les pueden dar en su trabajo por el Jueves y Viernes Santo, aunque esto no es obligatorio. 

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Por ejemplo, los estudiantes de educación básica regresan a clases hasta el 8 de abril, por lo que, para muchos las vacaciones de Semana Santa continúan y para trabajadores también, pues hay que recordar que con la reforma de Vacaciones Dignas los trabajadores desde el primer año laborado tendrán derecho a mínimo 12 días de vacaciones

De acuerdo con el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo "la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera". Sin embargo, los periodos vacacionales se fijan de común acuerdo entre tu patrón y tú, considerando las necesidades de servicio y el derecho que ya hayas generado para tomar vacaciones.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social también indica que, ni el empleador ni el empleado puede intercambiar sus vacaciones por dinero porque la Ley Federal del Trabajo establece que las vacaciones que te corresponden no podrán compensarse con una remuneración ni en especie ni en dinero, por lo cual se deben disfrutar.

El dinero extra por tomar vacaciones

Por su parte, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo mejor conocida como Profedet te recuerda que si tomaste vacaciones de Semana Santa o tienes pensado tomar vacaciones próximamente, tu periodo vacacional es con goce de sueldo y tienes derecho a recibir una prima de, al menos, 25% del salario que te corresponda durante ese perido. 

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Es decir, tu patrón debe pagarte un salario ordinario que corresponda a los días del periodo vacacional disfrutado y por prima vacacional el 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones. Si no se te pagan podrás reclamar ante la Profedet donde un abogado te brindará asesoría legal, gratuita y personalizada.

Toma en cuenta que tus vacaciones se calculan según la antigüedad que cumplas, eso sí, desde 2023 éstas nunca deben ser menos de 12 días laborables y continuos:

  • Año 1: 12 días
  • Año 2: 14 días
  • Año 3: 16 días
  • Año 4: 18 días
  • Año 5: 20 días
  • De 6 a 10 años: 22 días
  • De 11 a 15 años: 24 días
  • De 16 a 20 años: 26 días
  • De 21 a 25 años: 28 días
  • De 26 a 30 años: 30 días
  • De 31 a 35 años: 32 días 

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